El líder de Izquierda Unida y ministro de Consumo, Alberto Garzón, en una imagen reciente.

El líder de Izquierda Unida y ministro de Consumo, Alberto Garzón, en una imagen reciente. Europa Press

Política 28-M

IU y Podemos exigen a la JEC tener 'spots' gratis en RTVE: "La exclusión es una decisión centralista"

Ambos partidos presentan un recurso en el que exigen a la Junta Electoral Central que no les "excluya" en el reparto de propaganda electoral gratuita.

8 mayo, 2023 15:20
Javier Corbacho Luis Casal

Podemos e Izquierda Unida (IU) han recurrido la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de excluir a ambas formaciones del reparto de los spots gratuitos en RTVE para la campaña del 28-M.

En un escrito de 9 páginas, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, exigen al organismo que regula los procesos electorales que, de cara a calcular los minutos de propaganda que les corresponden, considere a ambas, así como a la gran cantidad de sus confluencias, como una misma coalición, en conjunto. Al variar sus nombres y denominaciones, RTVE y la JEC excluyeron a ciertas ramas municipales y autonómicas en su conteo y dejaron a Podemos y a IU fuera de este reparto.

Los dos partidos razonan en su recurso que, si es posible agrupar a varias candidaturas en un mismo Grupo Parlamentario en el Congreso, "igual debe hacerse con la adjudicación de espacios electorales gratuitos".

"Y ello para respetar en debida forma el pluralismo político, la igualdad y la proporcionalidad, respetando así el espacio político unitario que conforman las coaliciones aquí comparecientes", señalan.

Denuncian que el reparto diseñado por RTVE les "penaliza", mediante una "interpretación centralista y restrictiva a la hora de conformar un espacio político electoral". "Interpretación que entendemos que colisiona con nuestros valores constitucionales", apostillan.

[Podemos e IU acusan a la JEC de obviar los "valores democráticos" al darles un 1% de cobertura en RTVE]

Para dicho reparto, se tienen en cuenta los resultados electorales obtenidos en unas elecciones previas equivalentes. Es decir, para las futuras municipales, se analizan los votos obtenidos en los últimos comicios locales.

También se tiene en cuenta la presentación de candidaturas en municipios que comprendan al menos al 50% de la población de las circunscripciones comprendidas en el ámbito de difusión de un medio público. Y Podemos e Izquierda Unida aseguran en su escrito que lo cumplen holgadamente si se aplica su conteo y no el de la JEC.

Ambas formaciones exponen también que la Ley Electoral "no exige" en ningún momento que un partido "se presente de idéntica forma" en todas las circunscripciones de cara a obtener un cómputo unitario. "Entendemos que ha de atenderse a su efectiva presencia, bien sea mediante presentación de candidaturas directamente por su parte, bien mediante su inclusión en una coalición electoral".

Subrayan que, pese a los nombres empleados en las coaliciones, sus integrantes principales son "claramente identificables" con este entorno "unitario". Y explican que se presentan a las elecciones con esta fórmula, y no con unas siglas únicas e idénticas, debido a "una legítima forma de entender la conformación política y organizativa de ese espacio político". A su vez, citan un acuerdo de la JEC con una postura contraria a la que tomó el pasado 4 de mayo, excluyendo a Podemos e Izquierda Unida de los spots gratuitos en radio y TV.

La Ley Electoral, expresan Podemos e IU en su recurso, "nada prohíbe o indica" sobre la "aplicación conjunta" a estas coaliciones "de los derechos que a las mismas pudiera corresponder en aplicación de los artículos 64 y 188" de esta misma norma. "Más aún, cuando nos encontramos con formaciones políticas que ya forman un espacio consolidado y un único grupo parlamentario en el Congreso de los Diputados", subrayan.

"Podemos e Izquierda Unida concurren juntas en las coaliciones comparecientes en municipios cuya población asciende a un total 34,4% (Unidas 13,04%, Podemos Izquierda Unida 18,02% y Unidas Sí Se Puede 3,34%), a lo que debería sumarse la población de derecho que cubre la coalición Confluencia, hasta llegar a una suma del 46,19 % de la población", señalan.

"A ello debe añadirse que Izquierda Unida y Podemos Alianza Verde concurren en solitario en municipios que suponen, al menos, un 6,85% más de la población, con lo que se rebasa ya holgadamente el 50% indicado en el artículo 188 de la Ley Electoral, al acumular, en total, candidaturas presentadas en municipios que suponen un 54,04% de la población del país", añade el texto.

A este dato suman otros resultados, de candidaturas en las que Podemos e IU son "partidos troncales", hasta alcanzar el 67,79% de la población.

"Resulta anómalo"

"Resulta ciertamente anómalo y no se compadece con el 'respeto al pluralismo político y social, así como a la igualdad, proporcionalidad y la neutralidad informativa en la programación de los medios de comunicación de titularidad pública en período electoral' que un espacio político perfectamente identificable para la ciudadanía y que representa a un Grupo Parlamentario en el Congreso de los Diputados, quede fuera de dicho reparto", concluye el recurso.

Los equipos jurídicos de Izquierda Unida y Podemos reprochan a la Junta Electoral una "interpretación excesivamente rigorista", que va "en detrimento del derecho a la participación política en igualdad de condiciones".

De no ser atendida su exigencia, ambos partidos solicitan, "subsidiariamente", que la Junta Electoral "garantice" el pluralismo político a través de "mecanismos de compensación" en la emisión de la propaganda gratuita en RTVE.