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La tribuna

Fondos europeos y el plan antifraude de los ayuntamientos

Las corporaciones locales deben presentar en menos de 90 días un plan de medidas antifraude para poder acceder a los fondos europeos.

3 noviembre, 2021 05:30

Eso que tú me das, es mucho más de lo que pido, todo lo que me das, es lo que ahora necesito (…). Por todo lo que recibí, estar aquí vale la pena, gracias a ti seguí, remando contra la marea (…)”.

Pues sí, de este modo arranca la letra de una de las composiciones más hermosas de Pau Donés. Es curioso como esta canción, en un contexto muy diferente del que trae causa, podría servirnos para explicar el entusiasmo actual de muchos de los ayuntamientos (y demás entidades del sector público) de este país.

Y es que a lo largo de los próximos meses veremos como el 'maná' europeo llega por fin a estas entidades locales a través de los fondos Next Generation EU.

El pasado 30 de septiembre el BOE publicó la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Concretamente, el artículo 6 de la citada Orden exige que las entidades del sector público (incluidos los ayuntamientos) que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) deberán disponer de un Plan de medidas antifraude que les permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

El Plan de medidas antifraude deberá ser aprobado en un plazo inferior a 90 días desde la entrada en vigor de la Orden o, en su caso, desde que se tenga conocimiento de la participación en la ejecución del PRTR.

Lo que sí parece claro, a tenor de los requerimientos mínimos exigidos al Plan de medidas antifraude, es que Europa no podrá expresar con la firmeza con la que lo hace Pau eso de "(…) todo te lo daré, sea lo que pidas (…)", ya que estos planes deberán, entre otros requerimientos, estructurar las medidas antifraude de manera proporcionada, prever la existencia de medidas de detección ajustadas a las señales de alerta y establecer procesos adecuados para el seguimiento de los casos sospechosos de fraude.

Europa no podrá expresar con la firmeza con la que lo hace Pau eso de 'todo te lo daré'

En este contexto, los ayuntamientos han de reaccionar en un breve plazo de tiempo al objeto de cumplir con los requerimientos exigidos por la Orden ministerial, para lo cual, deberán contar con los medios técnicos y humanos adecuados para alcanzar tal finalidad. A modo de ejemplo, y basado en nuestra experiencia, sería conveniente que los Ayuntamientos dispusieran de:

- Un manual antifraude que contenga las principales guías de actuación en materia de prevención, detección e investigación de fraude, corrupción y conflictos de intereses.

- Un canal de denuncias a través del cual poder recibir comunicaciones que alerten sobre potenciales irregularidades en materia de fraude, corrupción y conflictos de intereses.

- Personal formado en materia de fraude, corrupción y conflictos de intereses.

- Un mapa de riesgos que permita evaluar el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de intereses.

Seguramente sea difícil escuchar a los ayuntamientos solicitantes de las ayudas europeas decir aquello de "(…) es mucho más de lo que pido (…)" cuando reciban los tan ansiados fondos, pero sí estamos convencidos que un gran número de ellos entonaran un "(…) gracias a ti seguí, remando contra la marea (…)".

*** Hugo Sutil es director en Alvarez & Marsal

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