El exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, durante una rueda de prensa tras un Consejo de Ministros en 2013.

El exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, durante una rueda de prensa tras un Consejo de Ministros en 2013. Europa Press

Macroeconomía

Hacienda devuelve 300 M€ en febrero por la sentencia del TC contra el Impuesto de Sociedades de Montoro

El Constitucional tumbó a mediados de enero la reforma acometida durante la época de Mariano Rajoy para incrementar la recaudación.

1 abril, 2024 12:01

Las devoluciones de Hacienda se disparan en el primer mes tras la sentencia del Tribunal Constitucional contra la reforma del Impuesto de Sociedades diseñada por el popular Cristóbal Montoro. En febrero, la Agencia Tributaria devolvió más de 300 millones de euros que atribuye directamente al efecto del fallo del TC, que declaró inconstitucional algunas medidas del real decreto ley aprobado en 2016 por el Ejecutivo de Mariano Rajoy para incrementar la recaudación.

En su informe de recaudación del mes de febrero, la AEAT señala una caída del 29,6% en la recaudación por el Impuesto de Sociedades respecto al mismo mes del pasado año. La Agencia Tributaria lo atribuye a esas "devoluciones extraordinarias" por un importe algo superior a los 300 millones de euros, fruto de la sentencia del Constitucional. Con todo, la recaudación por este impuesto se situó en 467 millones.

En su momento, las empresas del Ibex ya anticiparon devoluciones millonarias, mientras que desde el Ministerio de Hacienda, ahora liderado por la socialista María Jesús Montero, previeron un impacto importante por la decisión del TC.

[El Constitucional tumba la subida del Impuesto de Sociedades que aprobó Montoro en 2016]

Fue el 18 de enero cuando el pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, declaró inconstitucional parte de la reforma del Impuesto de Sociedades del Gobierno del Partido Popular. Lo hizo por considerar que varias de las modificaciones introducidas cuando Cristóbal Montoro era ministro de Hacienda vulneran el deber de contribuir a los gastos públicos.

En concreto, el TC consideró que los topes a la compensación de bases imponibles negativas, la limitación de deducciones por doble imposición y la obligación de integrar en la base del impuesto los deterioros de valor de sus participaciones fiscalmente deducibles por quintas partes en cinco años eran inconstitucionales.

La doctrina de este tribunal establece que un decreto ley no puede alterar ni el régimen general ni aquellos elementos esenciales de los tributos que inciden en la determinación de la carga tributaria. La norma de 2016 sí causaba esa alteración, al afectar a la base imponible y la cuota del impuesto.

La sentencia, por tanto, concluía que los preceptos cuestionados por el Constitucional han tenido un "impacto notable" en elementos estructurales del sistema tributario, del que el Impuesto de Sociedades es una "pieza fundamental".