Economía

Gobierno pide retribución no incentive nuevas instalaciones de regasificación

9 abril, 2019 15:15

Madrid, 9 abr (EFECOM).- La metodología de retribución de transporte y regasificación de gas natural no deberá incentivar la inversión en nuevas infraestructuras y deberían darse de baja en el régimen retributivo las instalaciones que, una vez finalizada su vida útil regulatoria, no sean necesarias para garantizar el suministro y la demanda.

Esta es una de las orientaciones de política energética que ha recogido el Ministerio para la Transición Ecológica en una orden, que publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE), para que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) fije los peajes y retribuciones al gas y la electricidad.

La CNMC ya fijará para 2020 los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de gas natural y electricidad, y de las plantas de gas natural licuado (GNL), así como su retribución, y para ello durante este año aprobará las circulares con la metodología que se aplicará.

En las orientaciones publicadas por el Ministerio, se dice que la metodología de retribución del transporte y de las plantas de gas natural licuado debería incentivar la extensión del funcionamiento de las instalaciones que, siendo necesarias para garantizar el suministro, hayan superado su vida útil retributiva.

También señala que no se debería incentivar la inversión en nuevas infraestructuras de transporte y plantas de gas natural licuado, salvo en el caso de que los activos sean necesarios para garantizar el suministro del conjunto del sistema o sean estratégicos para el mismo y para el cumplimiento de los objetivos de política energética.

Asimismo, indica que se deberían dar de baja en el régimen retributivo a las instalaciones de transporte y plantas de gas natural licuado que, una vez finalizada su vida útil regulatoria, no resulten necesarias para garantizar el suministro y satisfacer la demanda actual o prevista, al igual que las que no tengan perspectivas de generar ingresos adicionales mediante servicios a usuarios de países terceros.

En el caso de la metodología de peajes de gas natural licuado, transporte y distribución de gas natural, la orden dice que la metodología de cálculo debería fomentar el uso de las infraestructuras existentes para preservar la sostenibilidad económica y financiera del sistema gasista.

También indica que la metodología de peajes y cánones, en el caso de las instalaciones de gas natural licuado, debería fomentar su uso frente a otras plantas internacionales con las que compita, respetando la directrices comunitarias sobre ayudas de estado y teniendo en cuenta su aportación a la seguridad del suministro, y que parte de las inversiones puedan ser recuperadas por el uso de otras infraestructuras del sistema.

Asimismo, señala que la metodología de peajes y cánones debería incentivar la inyección de biometano y gases de origen renovable para reducir emisiones y luchar contra el cambio climático.

El Ministerio considera que para los peajes de transporte y distribución de electricidad la estructura y metodología debería incentivar la electrificación, fomentar la movilidad eléctrica, el ahorro y la eficiencia, y garantizar los ingresos necesarios para la retribución de las actividades de transporte y distribución, incluyendo los activos autorizados y planificados y asegurar el despliegue de nuevas redes.

También deberá tener en cuenta, al igual que la metodología de peajes de gas natural, la competitividad industrial, respetando las directrices comunitarias sobre ayudas de estado.

Respecto a la retribución para el transporte y distribución de electricidad, la orden señala que los cambios metodológicos que se hagan deberían ir acompañados de mecanismos de absorción gradual.