A Tamara C. A. se le ha acabado ya el periplo judicial en el que se ha visto envuelta desde hace un año. Y el resultado es, cuanto menos, llamativo. Tamara ha sido declarada responsable del delito de homicidio pero el jurado popular ha pedido para ella la absolución. ¿El motivo? Que era víctima de un “miedo insuperable”.

La madrugada del pasado domingo 2 de septiembre de 2018 la pareja de Tamara, Ramón S., volvía de fiesta a la casa que ambos compartían en El Casar, Guadalajara. Tras una fuerte discusión entre ambos, Tamara le asestó una puñalada en el corazón a su novio. Lo llevó al centro de salud más cercano pero el hombre falleció poco después. En ese momento, ella fue detenida por la Guardia Civil y desde entonces ha permanecido en prisión.

Pero este jueves la Audiencia Provincial de Guadalajara ha decidido absolverla tras el veredicto del jurado popular. Ha sido considerada responsable de un delito de homicidio por imprudencia con la eximente “completa a raíz de un “miedo insuperable”. La Fiscalía, que pedía para ella siete años de prisión, no ha descartado hacer una apelación y pedir la nulidad del juicio.

Tamara, de 28 años, era maltratada por su pareja, contra quien había una orden de alejamiento. E.E.

El Ministerio Fiscal, representado por la fiscal jefe Rocío Rojo, entiende que si la acusada es culpable “no puede haber un miedo insuperable” ni tampoco se la puede absolver. Considera, así, el veredicto “intrínsecamente contradictorio” ya que estima que no se puede pedir una eximente completa si la acusada es culpable. Para ello, habría que haberla declarado “no culpable”, ha asegurado a la salida del juzgado.

Una orden de alejamiento

Antes del trágico desenlace, Tamara, española, y su pareja Ramón, de República Dominicana, ya habían tenido problemas. Ella trabajaba de administrativa y él regentaba el bar Lennon’s en la localidad guadalajareña. Un año antes del suceso, ella ya había denunciado por malos tratos a su novio y dejaron de vivir juntos. Contra él se estableció una orden de alejamiento y ella era monitoreada por el Ayuntamiento como víctima de violencia de género.

Pero, como en muchos casos de esta lacra, la situación no les mantuvo alejados y poco después se volvieron a reconciliar para vivir juntos, cuando la orden de alejamiento seguía vigente y ella seguía registrada como víctima de violencia de género en el Ayuntamiento.

Tamara, junto a su pareja Ramón. E.E.

La reconciliación tuvo lugar aproximadamente cuatro meses antes del suceso que le costó la vida a Ramón. Aunque no se lo comunicaron a nadie de manera oficial, ambos se fueron a vivir a un chalé en la urbanización El Coto e hicieron vida normal. Se les veía juntos por la calle, ella echaba una mano detrás de la barra que él regentaba e iban a la par a las fiestas del pueblo.

Pero ese 2 de septiembre, todo cambió. A falta de la redacción de la sentencia que comunicará todos los detalles, la pareja volvió a casa tras las fiestas y ahí se produjo una fuerte discusión. Entonces, ella le asestó una única puñalada que le dio a Ramón en el corazón, pero no murió en el acto.

Aparentemente arrepentida por lo que había hecho, Tamara metió a Ramón en su coche, avisó a sus padres y lo condujo al centro de salud más cercano. Ahí, lo dejó en la puerta y él entró por su propio pie. Ella, en cambio, se marchó del lugar y volvió a su casa. Instantes después, cuando se certificó la muerte de Ramón, la Guardia Civil acudió al domicilio de ambos a recabar pruebas y ya procedió a su detención.

Noticias relacionadas