El Español
Treintayseis
Actualidad
|
A Coruña

Un juzgado ratifica el aislamiento del portero de Santa Cruz contagiado por coronavirus

El hombre incumplió la orden de permanecer aislado en su domicilio tras dar positivo en COVID. Ahora no se descarta imponerle vigilancia policial para mantenerlo controlado
Ofrecido por:

A CORUÑA, 6 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción Número 8 de A Coruña ha ratificado el "aislamiento obligatorio en su domicilio" de un usuario de un gimnasio de Meicende, en Arteixo, que también trabaja como portero de un pub de Santa Cruz, en el municipio de Oleiros, relacionado con el brote de COVID-19 con más de medio centenar de positivos.

Según el auto judicial con fecha 1 de agosto, recogido por Europa Press, la jueza ratifica para esta persona "el aislamiento obligatorio en su domicilio con la finalidad de que se le aplique la medida sanitaria correspondiente y hasta que deje de representar un riesgo para la salud pública".

Puntualiza la jueza que la prolongación de la medida depende del dictamen del Servicio de Medicina Preventiva. Además, señala en el auto que "deberán coordinarse las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado con el facultativo encargado del tratamiento" para "determinar las medidas de aislamiento y sujeción necesarias, suficientes y proporcionales, así como, de ser procedente, vigilancia por agentes".

La magistrada explica en el auto que esta medida responde a la solicitud realizada por la Consellería de Sanidade, y con informe favorable de la Fiscalía, realizada el pasado 1 de agosto a las 13,13 horas por correo electrónico para la ratificación de la medida de aislamiento obligatorio al tener constancia de que este individuo "está rompiendo el aislamiento que se le impuso".

La jueza en la resolución indica que el Ministerio Fiscal ha informado "en sentido favorable" a la ratificación de medidas acordadas por las autoridades sanitarias "necesarias y proporcionales para evitar el riesgo de contagio".

En este sentido, argumenta la jueza que ha tenido en cuenta "que un enfermo por coronavirus supone un riesgo para la salud pública" debido a que la "enfermedad es altamente contagiosa" y no existe "un tratamiento efectivo conocido frente al virus, ni vacuna".

En el auto, recuerda la jueza que tras la prueba realizada el pasado 25 de julio a esta persona en la que obtuvo "resultado positivo" por COVID-19, "pese a recordársele que debía mantener aislamiento", por parte de la Policía Local de A Coruña "se comprobó que no estaba en casa en las ocasiones en las que acudió" y "los vecinos les manifiestan (a los agentes) que sale todos los días", como consta en un informe del 30 de julio.

Ante tal comportamiento, por parte de la Dirección Xeral de Saúde Pública se dictó una resolución el 31 de julio en la que se acuerda el "aislamiento obligatorio en su domicilio hasta que deje de representar un riesgo para la salud pública", dependiendo su prolongación "del dictamen del Servicio de Medicina Preventiva del Hospital Universitario de A Coruña", se indica en el auto.

Por ello, la jueza ha tenido en cuenta la "situación de emergencia sanitaria sin precedentes y que excede el ámbito nacional". "Si dicha persona afectada por el COVID-19 y con evidente sintomatología continúa quebrantando el aislamiento y ello no se evita, supondrá un evidente y temerario riesgo de propagación", subraya para ratificar el "aislamiento obligatorio en su domicilio" de esta persona.

La jueza indica que, "concluido el tratamiento se remitirá informe detallado con las incidencias que hubiesen tenido lugar, o cualquier otra que se produzca durante el mismo, al Juzgado Contencioso-Administrativo que resulte competente".

Esta es la tercera vez que trasciende una medida judicial que ordena el aislamiento obligatorio de una persona con COVID-19 en Galicia, tras otras dos resoluciones anteriores relacionadas con el brote detectado en la comarca coruñesa de O Barbanza.

Actualidad