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Los gallegos podrán pedir el voto por correo para el 23J a partir de este martes

El solicitante tiene de plazo para depositar el sobre con su voto hasta el 19 de julio de 2023. El voto puede pedirse online con el DNI electrónico o físicamente en una oficina de Correos
Foto de archivo de una trabajadora de Correos llevando el voto en Galicia.
EP
Foto de archivo de una trabajadora de Correos llevando el voto en Galicia.
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Los gallegos volverán a las urnas el 23 de julio, una noticia que se conocía este lunes en plena jornada poselectoral tras el 28 de mayo. Así lo anunció el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en rueda de prensa después de los malos resultados obtenidos por los socialistas. Ya se ha publicado en el BOE este martes la convocatoria de comicios, por lo que el proceso para solicitar el voto por correo se abre este martes, 30 de mayo, el día posterior a la publicación del anuncio oficial de elecciones. El plazo para solicitar el voto por correo terminará el 13 de julio, 10 días antes de la jornada electoral. 

El solicitante tiene de plazo para depositar el sobre con su voto hasta el 19 de julio de 2023, en los horarios habituales de apertura de las oficinas postales. El voto puede solicitarse online o físicamente, pero en la primera de las opciones, ¿quién puede utilizar la aplicación para la presentación de la solicitud electrónica de voto por correo? Según figura en la web de Correos, los electores residentes en España o los residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España con derecho de voto en las elecciones convocadas. Aquellos que hagan esta solicitud online, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no podrán votar en la mesa electoral el 23 de julio.

Esta solicitud no podrán realizarla los electores residentes en España que se encuentren temporalmente en el extranjero, ni por los electores residentes en el extranjero que lo soliciten desde su país de residencia. Para solicitar el voto online, es necesario disponer de un certificado DNI electrónico o un certificado digital válido, tras lo cual se deben completar los datos requeridos, firmar electrónicamente y descargar la solicitud. La Oficina del Censo Electoral debe aprobar la solicitud, para que te remita, a la dirección que has indicado en tu solicitud, la documentación para realizar el voto. Una vez realizados estos pasos, se podrá ejercer el derecho a voto entregándolo en una oficina de Correos.

Pedir el voto físicamente en Correos

El voto por correo se puede solicitar también desde hoy, 30 de mayo, acercándose a una oficina de Correos. Allí se debe cubrir la solicitud especificando la provincia en la que se está censado y la dirección en la que se quiere recibir la documentación. También es necesario mostrar el DNI.

Se prevé que los trámites se alarguen debido a la coincidencia del 23 de julio con las vacaciones estivales de miles de gallegos y ciudadanos de otras comunidades. Además, algunas sucursales disfrutan de jornada reducida durante los meses de verano y no ha habido por el momento ningún comunicado sobre si los horarios de los trabajadores se mantendrán.

Asimismo, la recepción de la documentación electoral en los domicilios estaría prevista entre el 5 y el 16 de julio y es obligatorio recogerla personalmente, aunque se puede recoger a su vez en la oficina de Correos correspondiente a la dirección censal si tras varios intentos de entregarla en el domicilio la persona continúa ilocalizable.

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