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El Supremo confirma 36 años prisión al hostelero 'Papuchi' por abusos a 16 menores en Vigo

La Sala de lo Penal considera probados los abusos sexuales a menores de edad entre 2015 y 2017, con los que Carlos V. contactaba a través de las redes sociales
'Papuchi', en su yate en las Islas Cíes, con un joven.
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'Papuchi', en su yate en las Islas Cíes, con un joven.
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El tribunal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del TSXG que confirmó la dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra que le condenó a 36 años de prisión y al pago de una indemnización de 17.500 euros a sus víctimas.

Con esta última sentencia, la ciudad de Vigo vuelve a recordar uno de los casos que más ha impactado a la sociedad en los últimos años. Se trata de los delitos que Carlos Viéitez, conocido popularmente como 'Papuchi', cometió entre el 2015 y el 2017, cuando abusó sexualmente de 16 menores de edad (de entre 14 y 15 años) en Vigo.

Los delitos, que conmocionaron a la opinión pública por las artimañas y engaños con los que el condenado convencía a sus víctimas, fueron castigados en primera instancia por la Audiencia Provincial en 2019. Esta condena, que obligaba a Viéitez a ingresar en prisión durante 36 años, fue ratificada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

Abusos a 16 menores

Los hechos probados recogidos en la sentencia aseguran que la explotación del local permitía al condenado contactar con menores de edad, que consideraba que eran "más fácilmente maleables", a los que planteaba sus propósitos sexuales a cambio de consumiciones de comida y bebida gratis en su establecimiento, invitándolos a su domicilio o paseándolos en los coches que utilizaba el condenado.

También los llevaba a partidos de fútbol del Celta, a discotecas o en su barco. Para contactar con ellos, utilizaba Instagram, Whatsapp  o Snapchat, explica el Tribunal Supremo. "Concretamente, a través de esta última, con la intención de ganarse la confianza de sus víctimas, el condenado asumía un comportamiento de adolescente y enviaba fotos suyas desnudo", esperando que los menores le enviasen también este tipo de imágenes como respuesta.

La sentencia confirma que buscaba "prevalerse" de determinadas circunstancias para "convencer" a las víctimas "de que se introdujeran en la red que él mismo había tejido". El magistrado Vicente Magro explica que el condenado proveía "un sustrato atractivo de lugares a los que podían acudir las víctimas, siempre que existiera la contraprestación de índole sexual".

Añade que "lo que lleva a cabo el recurrente es obtener el consentimiento con un despliegue de medios, de actividad, de regalos y todas las circunstancias que ofrecía a las víctimas para que accedieran a la relación sexual". Además, el magistrado señala la diferencia de edad de "entre 24 y 27 años" entre 'Papuchi' y sus víctimas.

Recurso y condena

Por estos hechos, la Audiencia Provincial y el TSXG condenaron a Viéitez a 36 años de prisión y al pago de una indemnización de 17.500 euros a sus víctimas, sentencia que hoy ratifica el Tribunal Supremo al desestimar el recurso del acusado.

El tribunal explica que el condenado recurría porque aseguraba que "no ha existido en la relación de los menores con el encausado, ni de confianza ni de autoridad ni de influencia, sino que es un propietario de un restaurante de moda abierto al público".

Sin embargo, el Tribunal asegura que el local "se hubiese cerrado al segundo" si 'Papuchi' "hubiese tenido algún ataque sexual o de cualquier tipo a cualquiera de sus clientes", por lo que necesitaba establecer las mencionadas "relaciones de confianza". Así, 'Papuchi' "puso en circulación todo el arsenal de propuestas atractivas para ganarse la confianza de los menores", de lo que se aprovechaba "para conseguir sus ilícitos fines".

Existía, pues, concluye la Sala, "consciencia, conocimiento y búsqueda de las víctimas con el perfil de menor edad, que era buscado de propósito para realizar con ellos los actos sexuales". Insisten además que se ha probado que "la explotación de su local permitía al acusado contactar con varones menores de edad, hacia los que podía sentir algún tipo de inclinación o apetencia sexual", incidiendo en que fuesen menores de edad porque "consideraba que sus víctimas serían más fácilmente maleables".

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