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El Gobierno lleva la constitucionalidad de la Ley de Salud de Galicia al Consejo de Estado

El plazo para emitir dictamen se agota el 23 de marzo y el recurso del Ejecutivo puede ser presentado en el TC hasta mayo
Una votación en el Parlamento gallego.
Europa Press
Una votación en el Parlamento gallego.
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MADRID /SANTIAGO DE COMPOSTELA, 16 Mar. (EUROPA PRESS)

El Gobierno ha decidido elevar al Consejo de Estado la Ley de Salud gallega, que ha sido recientemente aprobada por el Parlamento de Galicia, con el objetivo de que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de aspectos de la normativa autonómica como la posibilidad de obligar a la vacunación en situaciones epidemiológicas que lo requieran.

Concretamente, la reforma de la normativa gallega, una propuesta del presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, pero que finalmente se tramitó a través del Grupo del PPdeG, mayoritario en el Parlamento de Galicia, reserva para la Administración autonómica la posibilidad, entre otras medidas preventivas someter "a medidas profilácticas de prevención de la enfermedad, incluida la vacunación o inmunización".

Respecto a esta posibilidad de obligar a los ciudadanos a vacunarse, también se entiende que además de afectar a la reserva de Ley Orgánica y al ámbito competencial del Estado, no considera la estrategia de vacunación aprobada por el Consejo Interterritorial que recoge que la vacunación será voluntaria.

En unas declaraciones recientes, Núñez Feijóo remarcó que la ley gallega no establece "por sí sola" la obligatoriedad de vacunarse frente a la Covid-19, sino que faculta a obligar si, llegado el caso, las autoridades competentes consideran que debe hacerse. En este sentido también opinó que debería abrirse el debate.

El Gobierno central advierte también, en su comunicación hecha pública este martes, el artículo 7, que añade medidas preventivas en materia de salud pública, y que por lo tanto la ley autonómica vulnera la reserva de la Ley Orgánica.

Informe hasta el 23 de marzo

De esta manera, el Gobierno ha acordado solicitar un dictamen al Consejo de Estado sobre la posible inconstitucionalidad de varios apartados puesto que, según defiende el Ejecutivo que dirige Pedro Sánchez, la norma realiza una serie de modificaciones en medidas preventivas por razones de protección de salud pública y del régimen sancionador que han recibido observaciones de inconstitucionalidad por parte de los correspondientes departamentos ministeriales.

La solicitud se realizará a la Comisión Permanente del Consejo de Estado con carácter urgente y tendrá hasta el 23 de marzo para emitir un dictamen. El plazo para la interposición del recurso de inconstitucionalidad finaliza el 26 de mayo de 2021.

Fuentes parlamentarias consultadas por Europa Press han explicado que por ahora no han recibido aviso de recurso de inconstitucionalidad ni la intención de hacerlo, si bien todavía no es el momento procesal de ser advertidos. En caso de que vaya adelante, la defensa jurídica de la normativa gallega estaría a cargo tanto del Parlamento, como Legislativo, como de la Xunta.

Cuestiones reservadas a una ley orgánica

El Ejecutivo central plantea la impugnación al considerar que la norma autonómica gallega introduce restricciones y limitaciones a los derechos fundamentales que según el artículo 81 de la Constitución "española están reservadas a una Ley Orgánica", para todo el Estado.

En este punto, la norma autonómica "regula pormenorizadamente" los mecanismos extraordinarios para tutelar la salud pública ante crisis sanitarias con respecto a la legislación estatal, "incidiendo sobre los derechos fundamentales de una manera que no se puede considerar un mero desarrollo de la Ley Orgánica estatal".

Además del artículo 5 y 7, el Gobierno también cree que serían inconstitucionales las previsiones contenidas en los apartados 12, 13, 14 y 15, que constituyen el régimen de infracciones y sanciones asociado a las conductas reguladas en los apartados 5 y siguientes.

Estados excepcionales

Con todo, el Ejecutivo cree que la norma puede vulnerar el artículo 116 de la Constitución, que regula los estados excepcionales. En el marco del estado de alarma, las comunidades autónomas ostentan atribuciones delegadas que no pueden utilizarse para aprobar esta ley ordinaria "como si fueran facultades correspondientes a la gestión ordinaria de sus competencias".

También se alega a la competencia exclusiva del Estado respecto a las bases y la coordinación general de la sanidad que recoge la Constitución.

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