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Cuarentena para los gallegos que pasen 15 minutos a menos de dos metros de un sintomático

Los médicos de primaria podrán emitir bajas por vía telemática a trabajadores expuestos al COVID
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Si has estado un mínimo de 15 minutos a menos de dos metros de distancia de un caso posible o confirmado de coronavirus, tendrás que iniciar un periodo de cuarentena. El Sergas ha dado instrucciones a los médicos de Atención Primaria de Galicia para que pongan en cuarentena y concedan la baja laboral a aquellos que han tenido un contacto "estrecho" con un sintomático.

¿Qué se considera un contacto estrecho? Según la instrucción del Sergas remitida a los centros de salud, se trata de cualquier persona que haya estado a una distancia menor de dos metros del contagiado durante un tiempo mínimo de 15 minutos, ya sea familiar, amigo o simplemente una persona con la que se haya compartido un espacio a una distancia menor de dos metros. En este caso, la persona deberá aislarse durante, como mínimo, 14 días.

Así consta en la instrucción de actualización del procedimiento de actuación en la incapacidad temporal en la Atención Primaria frente a la exposición al nuevo coronavirus en Galicia, en la que se concreta que las personas que pasen "un mínimo de 15 minutos" a "menos de dos metros" de un caso "posible, probable o confirmado" deberán aislarse.

Bajas por vía telemática

Asimismo, esta instrucción también permite a los facultativos a emitir bajas por vía telemática a trabajadores expuestos al COVID. Así, explica que "los partes de baja, confirmación y alta relacionados con la exposición al COVID-19 podrán ser emitidos sin la presencia física de la persona trabajadora".

En cuanto al "manejo de casos" la instrucción puntualiza que se considera "caso confirmado" el que "cumple con el criterio de confirmación por laboratorio (PCR o test diagnóstico positivo de antígeno o anticuerpo); "probable" el de infección respiratoria aguda grave con criterio clínico y radiológico compatible con un diagnóstico de COVID-19 no confirmado; y "posible" el de infección respiratoria aguda leve al que se le realicen una prueba de diagnóstico microbiológico.

El Sergas indica a los médicos de primaria que "procede la baja laboral en los casos confirmados, probables y posibles" y la duración de la misma "dependerá de la situación clínica del paciente y de la realización o no de la prueba microbiológica".

Aislamiento

En concreto, se detalla en la instrucción que en trabajadores con infección respiratoria leve está indicado el aislamiento domiciliario que se mantendrá durante tres días desde la resolución de la fiebre y del cuadro clínico, "con un mínimo de siete días desde el inicio de los síntomas".

En trabajadores con infección respiratoria moderada/grave con hospitalización el paciente con PCR positiva al alta o sin PCR tras dejar el hospital deberá continuar en aislamiento domiciliario "durante 14 días desde el alta hospitalaria, teniendo en cuenta que deben haber transcurrido tres días desde la resolución de la fiebre y del cuadro clínico". "No precisa resultado de laboratorio negativo para suspender las medidas de aislamiento", ha subrayado y "se valorará el alta laboral al finalizar el aislamiento".

Mientras, en el caso de un paciente con PCR negativa al alta hospitalaria "no procede aislamiento domiciliario" y "se procederá a valorar el alta laboral cuando el cuadro clínico esté resuelto y su situación clínica permita la reincorporación laboral", matiza la instrucción del Sergas.

Concreta este documento que se consideran trabajadores "especialmente sensibles" los grupos de personas con patologías como diabetes, enfermedad cardiovascular, enfermedad pulmonar obstructiva crónica y cáncer, entre otros; así como los mayores de 60 años y las mujeres embarazadas.

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