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Así es la normativa para regular el uso de patinetes eléctricos que aprobará A Coruña

La instrucción municipal prohibe circular a estos vehículos por la acera y les obliga a ir por las vías cuya velocidad máxima permitida no supere los 30 km/h, por el carril bici o por las sendas ciclables
Un coruñés en patinete por el carril bici
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Un coruñés en patinete por el carril bici
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El Concello de A Coruña ya cuenta con una instrucción que regula el uso de patinetes y monopatines eléctricos en la ciudad, que será aprobada la próxima semana.

La nueva normativa, que elaboró la Concejalía de Urbanismo e Mobilidade, prohibe a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), también conocidos como Vehículos de Mobilidade Urbana (VMU), circular por la acera y obliga a circular por las vías cuya velocidad máxima permitida no supere los 30 km/h, por el carril bici o por las sendas ciclables.

Velocidad máxima según tipo de vía

La instrucción municipal autoriza a las personas propietarias de los VMP a circular a una velocidad máxima de 25 km/h por la calzada, mientras que por los carriles bicis tendrán que hacer en el sentido señalizado y sin superar los 20 km/h. Por las sendas ciclables donde comparten espacio con los peatones, los VMP podrán transitar sin superar los 10 km/h. En todas ellas, tendrán que respetar la señalización general y la normativa sobre tráfico, circulación y seguridad viaria, siempre dando preferencia a los peatones.

En los que se refiere a la circulación por la calzada, se permite el uso de VMP en zonas declaradas como “Zona 30”, “Zona 20” o “Zona 10”, así como en las vías con un único carril cuya velocidad máxima permitida esté limitada a 30 km/h, siempre que en las mismas no exista vía ciclista y la circulación vaya por el centro de la calzada. Excepcionalmente, en ausencia de zonas habilitadas para la circulación de VMP, podrán circular en aquellas vías de único sentido e de un solo carril de circulación a una velocidad máxima de 25 km/h. No se autoriza la circulación
de VMP por la calzada del resto de vías.

Edad mínima

La edad mínima permitida para circular es de 15 años (de manera excepcional se permitirá utilizar los patinetes a las personas menores de 15 años por vías ciclistas acompañados de una persona adulta). Los menores tendrán que llevar siempre casco.

Documentación y otras reglas

Del mismo modo que otros vehículos no se podrá transitar bajo los efectos del alcohol y las drogas ni utilizar auriculares con aparatos reproductores de sonido, ni teléfono móvil. Las personas usuarias deberán llevar piezas reflectoras cuando circulen por la noche o en condiciones de baja visibilidad. Y solo se autoriza el uso unipersonal del vehículo.

En cuanto a la documentación, los usuarios deberán llevar consigo la
documentación técnica del vehículo
. Los patinetes privados no comerciales podrán estacionarse en espacios destinados a las bicicletas. Se prohibe el estacionamiento en aceras y zonas peatonales y no pueden sujetarse al mobiliario urbano o árboles.

Quedan excluídos de esta regulación los vehículos utilizados por personas con movilidad reducida y los ciclos de más de dos ruedas con o sin motor.

Esta normativa del Concello no se trata de una ordenanza, sino de una instrucción que regula el uso en la ciudad de estos patinetes eléctricos a la espera de que el Gobierno apruebe una normativa de carácter general.

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