Una sucursal del Banco Popular

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Banca CASO POPULAR

'Caso Popular': el Santander ve "proscrito" tener que responder por la quiebra y pide a Guindos y Saracho de testigos en el juicio

La entidad recuerda que el régimen de resolución bancaria impide la reclamación de cantidades en su contra. 

Más información:El TJUE dictamina que el Santander tampoco debe indemnizar a titulares de bonos del Popular

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El Banco Santander se opone a responder económicamente de la quiebra del Popular, entidad que compró en 2017 tras su disolución.

Así lo plasma en su escrito de defensa, ya enviado a la Audiencia Nacional y al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL-Invertia.

El juicio por la ampliación de capital de 2016 del Banco Popular y su posterior quiebra aún no tiene fecha. Pero se celebrará próximamente. Y el Santander figura como posible responsable civil subsidiario. Es decir, podría tener que responder económicamente de estos hechos.

Sin embargo, tal y como indica en su escrito de defensa, la entidad considera que, tras el fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre este asunto, quedó "proscrita" la posibilidad de efectuar reclamaciones en su contra. Y así lo defenderá al inicio del juicio, durante el trámite de cuestiones previas.

"El régimen de resolución bancaria proscribe el ejercicio frente a la entidad resuelta (Banco Popular) o su sucesor (Banco Santander) de cualquier remedio que tenga la finalidad de indemnizar a los titulares de instrumentos financieros afectados por el proceso de resolución", señala el escrito de defensa, de 208 folios.

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama investigó estos hechos y propuso mandar a juicio, entre otros, a Ángel Ron, penúltimo presidente del Popular. La Fiscalía Anticorrupción le acusa de haber falseado las cuentas del banco en 2016, "para captar el dinero de los potenciales inversores" y pide para él seis años y medio de prisión.

Pero el magistrado también propuso que se juzgara al Santander como responsable civil subsidiario, dado que compró el Popular en 2017 por un euro y una ampliación de capital posterior de 7.000 millones.

No obstante, en mayo de 2022, el TJUE había concluido que los antiguos accionistas del Popular no pueden pedir una indemnización al Banco Santander. Estas reclamaciones se basaban en el argumento de que el folleto de la ampliación de capital previo a su quiebra contenía información defectuosa, algo que Ron, en su escrito de defensa, niega.

El Popular, solvente

Por su parte, según indica el abogado de la entidad que preside hoy Ana Botín, "nadie duda de que el Popular era una entidad solvente". En línea con la defensa de Ángel Ron, señala que "hasta el mismo día 7 de junio de 2017", cuando el banco fue resuelto por la Junta Única de Resolución (JUR), "cumplió con los requerimientos mínimos de capital del Banco Central Europeo".

Con todo ello, el Santander señala la "imposibilidad del ejercicio de la acción civil ex delicto que se viene ejercitando" en su contra en este procedimiento judicial.

Además, en su escrito de defensa, carga contra algunas de las acusaciones particulares (distintos inversores que acudieron a la ampliación de capital de 2016 y que ahora reclaman al Santander).

"No hay duda alguna de que lo único que pretenden (...) es ejercitar la acción civil proscrita por el régimen de resolución bancaria frente a Banco Santander", expone.

De hecho, señala que algunas de ellas ya acudieron a la vía civil, a través de cientos de demandas, y, cuando sus pretensiones cayeron en saco roto, "decidieron volver a ejercitar la misma acción civil en este procedimiento penal", el conocido como caso Popular que se ha instruido en la Audiencia Nacional.

Por ello, la defensa del Santander considera que la apertura de juicio oral en su contra (como responsable civil subsidiario, no obstante) "vulnera el principio de cosa juzgada".

¿Por qué? "Al haber aceptado que ejerciten la acción civil contra el Santander miles de acusaciones que ya habían demandado al banco en procedimientos civiles previos, concluidos con sentencias absolutorias firmes", señala su abogado.

"Todas y cada una de las acusaciones particulares, así como el Ministerio Fiscal, han ejercitado contra Banco Santander una acción civil derivada del delito en la que se pretende la recuperación del dinero invertido en la adquisición de instrumentos de capital de Banco Popular o de productos financieros que resultaron afectados por la resolución de la entidad", indica el documento.

Por todo ello, concluye la defensa del Santander, "la finalidad de esta acción civil derivada del delito es, precisamente, la que ha sido proscrita por el excepcional régimen de resolución bancaria, según la interpretación del mismo realizada por el TJUE". 

Testigos

Asimismo, la entidad solicita que en el futuro juicio declaren como testigos Luis de Guindos y Emilio Saracho.

De Guindos fue ministro de Economía durante el Gobierno de Mariano Rajoy. Actualmente, es vicepresidente del Banco Central Europeo. Por su parte, Saracho fue el último presidente del Banco Popular. Sucesor, por tanto, de Ron. Durante su mandato, la entidad fue resuelta en 2017.

La lista la completan otros 31 nombres, entre los que se encuentran Luis María Linde de Castro (exgobernador de Banco de España), Ignacio Pardo (excoordinador del equipo conjunto de supervisión del BCE para España e inspector del Banco de España), Elvira Rodríguez Herrera (expresidenta de la CNMV), Rodrigo Buenaventura (presidente de la CNMV), Javier Torres Riesco (exdirector de resolución y estrategia del FROB) y Elke König (expresidenta de la Junta Única de Resolución).