
Imagen de archivo de una trabajadora frente a su ordenador.
La Justicia frena el intento del INSS de denegar la incapacidad permanente a una trabajadora que sufre "ideas autolíticas"
Una sentencia del TSJM valora tanto las dolencias físicas de la mujer como sus padecimientos mentales para acceder a su pretensión.
Más información: Un tribunal concede la incapacidad permanente con 100% de pensión a una mujer con Covid persistente
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha concedido la incapacidad permanente a una trabajadora, que ocupa el puesto de administrativa, y que presenta tanto relevantes problemas de movilidad como "ideas autolíticas".
Así lo recoge una sentencia de la Sala de lo Social del TSJM, fechada el pasado 18 de diciembre y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. El tribunal subraya que ha tomado esta decisión al valorar "los dos tipos de afecciones detectadas". Por un lado, las "eminentemente físicas" y por otro, las mentales.
Un Juzgado de lo Social de Madrid ya había concedido a la mujer la incapacidad permanente. No obstante, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) recurrieron esta decisión ante el TSJM.
No han tenido éxito, ya que el Tribunal Superior vuelve a darle la razón a la empleada, nacida en 1987. La mujer ya había padecido una incapacidad temporal previa, desde el 24 de febrero de 2022 hasta el 9 de marzo de 2022.
El 3 de mayo de ese año, se prorrogó dicha baja y la delegación provincial del INSS inició un expediente para valorar si merecía una incapacidad permanente. El 28 de octubre, se le deniega, "por no alcanzar las lesiones (...) un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de incapacidad permanente".
La mujer, no obstante, impugnó dicha decisión. Primero, por la vía administrativa. No obtuvo respuesta. Por ello, acudió después a los tribunales de Justicia. Y tanto el Juzgado de lo Social como, ahora, el TSJ madrileño le han concedido su pretensión.
Las dos sentencias reconocen que padece "una importante patología de columna", ya que fue tras haber sido intervenida de escoliosis dorso-lumbar cuando tenía 11 años.
Por otro lado, desde julio de 2021, la Comunidad de Madrid le tiene reconocido un grado de discapacidad del 44%, tras admitir que sufre "dificultad para la movilidad", así como "ánimo bajo reactivo", "dolores musculares y súbitos al levantarse" y "mala calidad del sueño".
"Ideas autolíticas"
Los magistrados del TSJM, por tanto, apoyan la decisión del juez del Juzgado de lo Social, del que aseguran que su fallo "no nos parece arbitrario". Como recuerda el Tribunal Superior, a sus problemas físicos, que impiden a la mujer mantenerse de manera prolongada de pie o sentada, se suman "un cuadro ansioso-depresivo que ha de considerarse cronificado" y, en ocasiones, "ideas autolíticas".
El despacho de abogados Parrado Asesores, que ha defendido a la mujer en este procedimiento, celebra que el TSJM haya dado "la misma consideración a las afecciones físicas y psíquicas".
"Lo relevante de esta sentencia es que el TSJM incide en la importancia de valorar todos los diagnósticos por igual [los mentales y los físicos] y cómo afectan al desarrollo de la profesión habitual con un mínimo de eficacia, diligencia y rendimiento", señala el bufete, que celebra que esta resolución judicial "da mucha importancia" al cuadro ansioso-depresivo de la trabajadora.