
El juez Juan Carlos Peinado./
Segundo varapalo al juez Peinado de la Audiencia de Madrid en una semana: anula el volcado del móvil de Barrabés
Los magistrados reprochan al instructor del 'caso Begoña' que no haya justificado "la necesidad, proporcionalidad, utilidad y excepcionalidad" de la incautación de los dispositivos del empresario.
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La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado nula la resolución en la que el juez Juan Carlos Peinado acordó el volcado del teléfono móvil y la tablet incautados el pasado agosto en el domicilio del empresario Carlos Barrabés, así como la intervención de sus cuentas de correo electrónico para acceder a su contenido.
Es la segunda desautorización que se conoce en la última semana por parte de la Audiencia de Madrid al instructor de las diligencias en las que se investiga a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, por supuestos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, entre otros.
En una resolución conocida el pasado 29 de enero, los magistrados que controlan la instrucción de Peinado declararon nulos los registros llevados a cabo el 23 de agosto de 2024 en el domicilio de Carlos Barrabés y en la sede social de sus empresas.
Ahora explican que la nulidad de esos registros conlleva la nulidad del volcado de los dispositivos intervenidos en ellos "al no poder subsistir tales diligencias en virtud de otras no relacionadas" con las diligencias declaradas nulas.
"El auto que ahora se recurre es complementario del que acordó la entrada y registro en los domicilios de Juan Carlos Barrabés y en el del grupo de sus empresas, por tanto, adolece de la misma insuficiente motivación que el auto principal", explican.
Los magistrados reprochan, además, a Peinado que no haya "justificado la necesidad, proporcionalidad, utilidad y excepcionalidad para acordar" una medida que afecta con tanta intensidad a derechos fundamentales como es la incautación de dispositivos electrónicos y cuentas de correo.
Recursos del fiscal y de la defensa
El volcado de los efectos intervenidos en los registros de Barrabés fue recurrido tanto por el fiscal como por la defensa del empresario, ejercida por Javier Sánchez Junco.
El fiscal argumentó que "no se comprende la necesidad de una medida tan extensa y desproporcionada" como la ordenada por el instructor. Peinado autorizó "la posibilidad de registro de cuantos dispositivos electrónicos de almacenamientos masivo de datos se encuentren en el lugar del registro, lo que permitirá el acceso a la memoria física o virtual de PCs, teléfonos móviles, dispositivos de memoria externa y en general cualesquiera dispositivos electrónicos".
La defensa de Barrabés señaló, por su parte, que el auto que ordenó el volcado no le fue notificado en su momento y solo lo conoció cuando se le dio traslado de los tomos VI y VII del procedimiento. Ello, sostuvo, "supone la vulneración del derecho de defensa y del derecho a la tutela judicial efectiva".
También se quejaba de que el Juzgado practicó "con una enorme celeridad" las diligencias de investigación que ha considerado oportunas, mientras que los recursos de la defensa "ni siquiera se han proveído".
Además, señaló que los registros se practicaron sobre la base en unos informes policiales recibidos el 14 de mayo y el 2 de julio y que "concluían la inexistencia de irregularidad alguna".
"Se ha partido de la presunción injusta e infundada de que todas las adjudicaciones públicas a favor de Innova Next SLU se han producido por la mediación ilícita (la influencia) de Begoña Gómez y su entorno personal y ello sin ninguna clase de indicios o sospecha", sostenía el recurso de la defensa de Barrabés.
Añadía que "se ha dado cabida incluso al absurdo de investigar adjudicaciones públicas a Innova Next SLU de organismos o instituciones que operaban bajo el gobierno de distintos partidos políticos, como es el caso de distintas contrataciones con el Ayuntamiento de Madrid", controlado por el PP.
Recordaba también que Barrabés "no tuvo ninguna relación con la cátedra extraordinaria" de transformación social codirigida por Begoña Gómez en la Universidad Complutense de Madrid. En el máster dedicado a la misma materia el empresario "solo dio dos clases, por lo que cobró 150 euros la hora".
"Ningún indicio existe sobre la comisión por Barrabés de un delito de tráfico de influencias o de corrupción en los negocios", concluía el recurso.