Seis organizaciones feministas han anunciado esta semana en una iniciativa conjunta que van a empezar a denunciar en el Consejo General del Poder Judicial a jueces que no dan una “respuesta adecuada” a las víctimas de la violencia de género, “muchas” de las cuales se sienten “maltratadas judicialmente”. Así dicho: en general y con trazo grueso.

No creo que nadie pueda discutir el mérito de las asociaciones feministas de pelear en la defensa de la mujer desde hace lustros y de haber puesto la violencia de género en la agenda pública. Han contribuido de manera relevante a la sensibilización de la sociedad y a la visibilidad del conflicto, primer paso para combatirlo. Pero eso no les da patente de corso para hacer una descalificación genérica del sistema judicial ni las autoriza a hacer listas negras de jueces que, según ellas, no dan una “respuesta adecuada” a las víctimas. ¿Son los colectivos feministas (o de cualquier otro ámbito) los que determinan qué es o no es una respuesta “adecuada”? ¿Lo “adecuado” consiste en estimar las pretensiones de la denunciante, que necesariamente debe recibir un plus de credibilidad frente a la versión de su presunto agresor? ¿No corresponde a los jueces valorar la existencia o no de datos objetivables -justificando su ponderación, motivando sus conclusiones- y no se ha establecido un sistema de recursos para revisar las decisiones que las partes consideren erróneas?

No hay ningún delito, por grave que sea, que permita prescindir de las exigencias inherentes al derecho a la presunción de inocencia y de las garantías de defensa, sin las cuales sencillamente no hay Estado de Derecho. Supongo que no es esto lo que pretenden las asociaciones, pero entonces convendrán en que ninguna víctima, tampoco las de violencia de género, puede tener una posición procesal preeminente o de mejor condición que la del presunto culpable y que los jueces tienen el deber de garantizar los derechos de los supuestos agresores lo mismo que los de sus denunciantes. Esto es duro a ojos de las víctimas, pero sin ello no hay un juicio justo.

No hay ningún delito, por grave que sea, que permita prescindir de las exigencias inherentes al derecho a la presunción de inocencia y de las garantías de defensa

Esos principios, tan básicos, parecen olvidarse cuando se leen denuncias como la dirigida contra el juez de violencia de género de Sagunto, del que los colectivos feministas se han quejado por sus “actitudes arrogantes y autoritarias, faltas de respeto y consideración y nula empatía”. Otra generalidad que ha llevado al CGPJ a requerir a los denunciantes a que concreten a qué casos se refieren porque de otro modo no habrá forma de comprobar si lo que dicen es o no verdad.

37 abogados que actuán en los Juzgados de Sagunto, la mayoría de ellos adscritos al turno de violencia de género, han salido al paso de la denuncia calificándola de “totalmente infundada” y subrayando que también se sienten aludidos “pues implícitamente nos consideran consentidores de hechos inciertos”. Los letrados hacen una consideración especialmente interesante: “No es función judicial tener empatía, sino todo lo contrario. El juez debe mantener la misma consideración y trato a las partes” para “no menospreciar” a una para favorecer a otra.

Otra jueza en la diana

Además de la denuncia contra el magistrado de Sagunto Julián González, los colectivos de mujeres se han centrado en la jueza de violencia de género de Arganda (Madrid), María Jesús López Chacón. No es una recién llegada: 10 de los 15 años que lleva en la carrera judicial los ha dedicado a la violencia de género. Pero el problema ha surgido en el caso de una víctima que, amparada por los colectivos feministas y con buscada repercusión mediática, afirma que “pasé del maltrato en casa a maltrato judicial”.

“Soy el ejemplo de cómo siguiendo las reglas establecidas por el sistema, el sistema puede maltratarte de manera muy cruel”, ha dicho esta mujer. Es de imaginar que alude a actuaciones que considera erróneas de la jueza de Arganda y que el alegado “maltrato judicial” no se extiende al fallo que el Juzgado de lo Penal dictó condenando a su expareja a dos años y nueve meses de cárcel. Ni se refiere tampoco a la firmeza de esa sentencia sólo cinco meses después, cuando la Audiencia de Madrid rechazó el recurso del condenado. De las resoluciones judiciales que han estimado sus pretensiones no se ha quejado.

Las asociaciones de mujeres aseguran que verificarán y documentarán sus acusaciones. Es lo mínimo, si no quieren incurrir en la arbitrariedad que pretenden denunciar. Por eso en el caso de Arganda llama la atención que no se hayan difundido extremos como los siguientes:

- En las diligencias recibidas en el Juzgado de López Chacón al comienzo del proceso ambos miembros de la pareja figuraban con lesiones y por ello adquirieron la doble condición de denunciantes-denunciados. La magistrada dictó órdenes de protección por las que prohibió aproximarse el uno al otro, lo que hizo tomando en consideración la petición expresa del fiscal y de los abogados de ambas partes.

- Todas las resoluciones dictadas por la jueza fueron confirmadas por la Audiencia de Madrid. El órgano superior ratificó el auto de transformación en procedimiento abreviado que abrió la puerta al enjuiciamiento de los hechos (finalmente, él fue condenado y ella, absuelta). Esto es relevante porque significa que un tribunal de tres magistrados revisó y convalidó las 'maltratadoras' decisiones de López Chacón..

- La Audiencia Provincial respaldó en su integridad el auto en el que la magistrada estableció a favor del padre (aún no juzgado) un régimen de visitas de la hija menor de ambos.

- En el tiempo en que ha durado la tramitación del proceso, la denunciante ha estado personándose en la zona de entrada al Juzgado para “informar” a otras víctimas de que en ese órgano judicial “no se las trataba bien”.

- Desde 2016 la denunciante publica un blog en el que ataca a la jueza, acusándola de “empoderar al maltratador y hundir a la víctima” o de ser cómplice de los terroristas maltratadores “. Ha anunciado “una “labor de investigación” para demostrar “que son siempre los mismos juzgados los que denotan este tipo de comportamiento hostil hacia las mujeres dando lugar a la vulneración de uno de los derechos humanos mas importantes del primer mundo: el derecho a una tutela judicial efectiva. Instituciones, jueces/zas y machistas en general: !Temblar porque cada vez somos mas las mujeres valientes que luchamos contra la injusticia y contra la violación de nuestros derechos!”.

"Subordinación  a la Ley y al Derecho"

López Chacón ha pedido al Consejo General del Poder Judicial que ampare su independencia, lo que es, en puridad, la razón de ser del CGPJ. Merece la pena reproducir cómo define la magistrada la independencia en su escrito al órgano de gobierno de los jueces: “Consiste, a mi entender, en la plena soberanía de los jueces al ejercer su función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, sin subordinación ni sumisión a otra cosa que la Ley y el Derecho. Significa ello, por tanto, que cada juez o tribunal, a la hora de decidir, no puede recibir ni está sujeto a instrucciones de terceros, sean particulares, órganos públicos, medios de comunicación o incluso presión social. Y esta independencia con la que actuamos los Jueces opera también como garantía para la sociedad frente a los jueces” porque “evita la actuación de los tribunales de justicia más allá del poder que le otorga la ley”.

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