Sucesos

'El Makelele de Gijón', condenado a 18 años de cárcel por el asesinato de la hostelera Sonia Mitre

El tribunal rebaja en dos años la petición de cárcel solicitada por Fiscalía y Acusación particular para el ciudadano senegalés Abdu Ndiaye.

30 enero, 2018 13:50

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias con sede en Gijón ha condenado a 18 años de prisión al ciudadano senegalés Abdu Ndiaye, más conocido por 'Makelele', por el asesinato de la hostelera gijonesa Sonia Meléndez Mitre, el 16 de julio de 2015.

La sentencia, remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, recoge así el veredicto del jurado popular que declaró culpable al procesado, aunque rebaja en dos años la petición de cárcel solicitada por Fiscalía y Acusación particular.

El Tribunal explica, en este caso, que la atenuante de dilaciones indebidas que apreció el jurado se compensa con la agravante de discriminación por razón de género, además de destacar que la "falta total de arrepentimiento por parte del acusado y sus maniobras para intentar confundir sobre la autoría de la muerte de María Sonia no le hacen merecedor de mayor benignidad".

Además de la pena de cárcel, se prohíbe al acusado comunicarse por cualquier medio o aproximarse a menos de 500 metros de la hija de la víctima, así como de la madre y hermano de esta última. A la primera, 'Makelele' deberá indemnizarla con 120.000 euros, mientras que a los otros dos en 60.000 y 30.000, respectivamente, así como el abono de costas, incluidas la de la acusación particular.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala de los Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de diez días a contar desde la última notificación de este fallo judicial.

Cabe recordar que el jurado declaró culpable al procesado y consideró que este actuó con premeditación, además de resaltar que la víctima no tuvo posibilidad de defensa. En este sentido, el jurado se basó en que el acusado tenía conocimiento previo de los horarios de la víctima y sus rutinas, además de que se encargó de difundir el rumor de que un clan gitano gallego perseguía a la hostelera.

También destacó en su veredicto el jurado que 'Makelele' incurrió en "contradicciones y mentiras", a lo que se suman los mensajes amenazantes que él la enviaba y que la víctima había confesado a amigos y familiares que le tenía miedo, hasta el punto de advertir de que si le pasaba algo ya sabían quién había sido.

Sobre el escenario del crimen, para el jurado fue crucial el hecho de que se encontrara una nota amenazante del 'supuesto' clan gitano gallego que en realidad se probó que fue escrita por 'Makelele' y tenía sus huellas, y también las de una prostituta con la que había estado días antes.

Asimismo, en la víctima se encontró semen cuyo ADN correspondía con el del acusado, lo que prueba que estuvo en su casa. También descartó el jurado el móvil del robo porque solo se llevaron de la casa el teléfono de la víctima.

El veredicto, además, señalaba que el acusado lo hizo "de forma súbita y eliminando toda posibilidad de defensa". La muerte se produjo por estrangulamiento, al taparle con una mano la boca para que callara y con la otra le agarraba del cuello, al tiempo que le aprisionaba el cuerpo, aprovechando su corpulencia física.