En libertad con cargos tres individuos por los hechos

En libertad con cargos tres individuos por los hechos

Sociedad TRIBUNALES

Absuelven a una mujer que fue confundida con una ladrona en el barrio de Salamanca

Los agentes reconocieron que la identificaron, junto a una amiga, al presentar "las mismas características" de dos delincuentes que buscaban.

25 diciembre, 2021 02:46

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La mujer, natural de Polonia, iba a tomar algo a una cafetería del barrio de Salamanca de Madrid junto a una compañera de trabajo cuando dos agentes de paisano se acercaron a ella y le solicitaron que se identificase. "Rumana, deténgase", le dijo uno de los policías. Ella se negó a identificarse en un principio, aunque luego se avino. 

Como las mujeres vivían cerca, accedieron a subir a su casa a por los pasaportes y se los entregaron a los policías, a los que se habían sumado otros dos más, vestidos de uniforme. Fue entonces cuando fueron informadas de que iban a ser denunciadas por resistencia y atentado a la autoridad, y las condujeron a comisaría.

El Juzgado de lo Penal número 14 de Madrid ha absuelto finalmente a estas mujeres. En su resolución, la juez asegura además que los agentes de la Policía Nacional las detuvieron sin justificación al confundirlas con dos ladronas de viviendas del barrio de Salamanca, una de las mejores zonas de la capital.

La defensa de la mujer de origen polaco, ejercida por el bufete Ospina Abogados, considera que se trata de una sentencia ajustada a derecho donde la jueza ha validado todos los testimonios y pruebas por encima del criterio de fiscalía y los agentes implicados.

Los hechos

Los hechos tuvieron lugar el pasado 4 de octubre. La afectada caminaba por una calle del centro de Madrid cuando la abordaron los dos policías. Ante los requerimientos de los agentes que no vestían uniformados la mujer, confundida por la situación, comenzó a grabar con su teléfono móvil. Esa prueba resultaría, a la postre, fundamental en el juicio. 

A la mañana siguiente se celebró un juicio oral. "Me llamaron ladrona", aseguró la mujer. Tal y como figura en la sentencia, "empezó a grabar porque se asustó de verdad, y la conversación siguió en el mismo sentido". Después terminó cediendo y la cachearon, al igual que a su amiga. Ambas fueron detenidas y llevadas a comisaría.

En palabras del letrado Juan Ospina, "la presunción de inocencia impide tener por culpable a quien no ha sido así declarado tras un juicio justo previo". El abogado defensor sostiene que no se puede identificar a una persona si no hay indicio incriminatorio racional sobre sus actos presuntamente ilícitos. Adicionalmente, explica que no se cumplían los elementos del tipo penal de la desobediencia y resistencia, ni mucho menos el de atentado a la autoridad. 

Acciones legales

A preguntas de la defensa durante la vista oral, los agentes de Policía aseguraron que "identificaron (a las mujeres) al presentar las mismas características que las que les habían dado sobre dos personas que se dedicaban a robos en vivienda por dicha zona".

Justificaron también su actuación asegurando que la detención fue fruto de no identificarse en el momento. En réplica, la defensa aportó la grabación obtenida por el teléfono móvil de la acusada como prueba, donde se observa cómo uno de los agentes uniformados, es decir, los que acuden con posterioridad, tienen dichos pasaportes en la mano. 

El abogado penalista que ejerció la defensa asegura que no descarta emprender acciones legales contra los agentes: "Tras los hechos probados en la sentencia, no hubo motivo legal para la detención".