Muchas provincias y territorios españoles ya viven desde el pasado lunes 25 en las condiciones que pauta la Fase 2 de la desescalada propuesta por el Gobierno hacia la "nueva normalidad" que ayude a recuperar plenamente la vida diaria previa al estallido de la pandemia de coronavirus.

Todos los territorios que permanezcan en la Fase 2 o que se incorporen a la misma tendrán un alivio en la mayoría de restricciones vigentes durante la Fase 1 en casi todos los ámbitos. Las repasamos a continuación:

Fin de las franjas horarias

- Se eliminan las franjas horarias que existían en Fase 1 para el paseo y el deporte, con una excepción: los mayores y las personas vulnerables seguirán teniendo que moverse de 10:00 a 12:00 y de 19:00 a 20:00 horas. Ese tiempo es exclusivo para ellos. No obstante, el Gobierno ha dado potestad a las comunidades autónomas para que puedan modificar estos horarios, algo que muchas se plantean por el calor.

Movilidad

- De la misma manera que se daba en Fase 1, queda estrictamente restringida a la unidad territorial, esto es, provincia, isla o región sanitaria. Salir de la provincia propia es algo que llegará hasta la Fase 3.

Medidas sociales

- Se permiten reuniones de hasta 15 personas en domicilios o en espacios públicos

- Se permite el baño y la permanencia en las playas

- Se permite la celebración de congresos y conferencias, pero nunca para un aforo mayor de 50 personas y con el distanciamiento adecuado entre asistentes

Hostelería

- Bares y restaurantes podrán abrir no solo las terrazas sino servir dentro de sus locales. El aforo, eso sí, se limita en el 40%. Solo se puede consumir en mesa y no en barra, y siempre respetando las medidas de seguridad.

- Los hoteles pueden abrir sus zonas comunes respetando el mismo aforo que para los locales de restauración.

- No se permite aún la apertura de discotecas y lugares de ocio

Comercio

- Se permite la apertura de centros comerciales y tiendas de más de 400 metros cuadrados con controles de aforo.

- En los mercadillos al aire libre se permiten hasta un tercio de los puestos habituales.

Cultura

- El mundo de la cultura también empieza a activarse en esta fase: se flexibilizan las medidas para el acceso a bibliotecas, salas de exposiciones o monumentos.

- Cines, teatros, monumentos y auditorios pueden abrir con un máximo del 30% de su aforo y siempre con butacas preasignadas. Si son locales cerrados no se pueden reunir más de 50 personas.

Deportes

- En cuanto a las actividades deportivas, en Fase 2 está permitida la apertura de las instalaciones cubiertas y las piscinas, ambas con un 30% de aforo y con cita previa. Solo se podrá entrenar de forma individual o por parejas si no hay contacto.

- Los clubes profesionales pueden entrenar como siempre pero en grupos de, como máximo, 14 personas.

- Las piscinas al aire libre y de uso deportivo también abren sus puertas, pero con cita previa y un aforo máximo del 30%. Sus responsables deben asegurar la limpieza de las instalaciones tres veces al día. No se puede hacer  uso de las duchas de los vestuarios.

Educación

- Se permite la reapertura de autoescuelas y academias de enseñanza privadas, con la obligación de respetar las medidas de distanciamiento e higiene adecuadas.

Oficios religiosos

- La Fase 2 también amplía el aforo en velatorios y en lugares de culto. Los primeros admitirán hasta 25 personas al aire libre y 15 en cerrado, como máximo; los segundos podrán estar al 50% de aforo. Se podrán celebrar bodas con el 50% de aforo en espacios cerrados y 100 personas al aire libre.

Poblaciones de menos de 10.000 habitantes

Al margen de las medidas de alivio contempladas en las fases 1 y 2, el Ministerio de Sanidad mantiene vigente una orden que permite ciertas relajaciones del confinamiento en los municipios de menos de 10.001 habitantes que no superen una densidad de población de 100 habitantes por kilómetro cuadrado:

- No existen franjas horarias para pasear y hacer deporte, así como el límite de que los niños salgan acompañados de un único adulto.

- Se podrán abrir al público establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo discotecas y bares de ocio nocturno, así como las terrazas al aire libre, con las medidas de seguridad y prevención oportunas.