Torrespaña, una de las sedes de RTVE en Madrid.

Torrespaña, una de las sedes de RTVE en Madrid.

Medios EXPEDIENTE A RTVE Y REQUERIMIENTO A MEDIASET

Competencia estrecha el cerco a las televisiones por sus "excesos" publicitarios

El regulador abre expediente a RTVE por excederse en sus patrocinios culturales y ha requerido a Mediaset para que no supere el número de cortes publicitarios permitidos por Ley en sus informativos.

11 abril, 2018 10:52

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La Comisión Nacional de Mercados de la Competencia (CNMC) sigue estrechando el cerco a las televisiones por sus "excesos publicitarios". Este miércoles ha comunicado la apertura de un expediente a RTVE por excederse en sus patrocinios culturalesha requerido a Mediaset para que adapte reduzca los mensajes publicitarios de sus programas informativos. 

Dos nuevas causas contra las tres grandes televisiones, después de que en marzo se abriese un expediente contra Atresmedia y Mediaset por haber emitido comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de graduación inferior a veinte grados en una franja horaria protegida.

En febrero también abrieron una macro-investigación contra el duopolio por colusión publicitaria. En este caso, el regulador investiga la condiciones de contratación acordadas con anunciantes y agencias de medios, “condiciones en las que se contienen obligaciones que podrían ser contrarias al buen funcionamiento del mercado, al reservarse de manera injustificada una parte del mismo y obstaculizar la competencia de terceros”.

En el punto de mira de la CNMC

Para nadie es un misterio que las televisiones están en el punto de mira de la CNMC, un organismo que ha extremado la vigilancia sobre los tres gigantes televisivos en los últimos meses ante la serie de denuncias de pequeños competidores de TDT. En el foco de sus actuaciones está el funcionamiento del mercado de la publicidad, concentrado en dos principales actores: Mediaset y Atresmedia.

En el caso del expediente abierto este miércoles, el regulador alega que RTVE habría vulnerado el artículo 43.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) al haber emitido campañas publicitarias de patrocinios culturales que podrían considerarse comunicaciones comerciales cuya difusión no estaría incluida en las excepciones publicitarias que permite la normativa de financiación de CRTVE.

En general, los patrocinios culturales, también los emitidos por CRTVE, deben de estar referidos a programas, no a secciones o avances de programa; que su duración no exceda con carácter general de 10 segundos; que vayan colocados inmediatamente antes o inmediatamente después del programa patrocinado; o que no inciten directamente a la compra o arrendamiento de productos, bienes o servicios.

Patrocinios culturales de RTVE

En este sentido, según la CNMC, la mayoría de patrocinios culturales analizados no respetan las condiciones establecidas en la normativa audiovisual y serían susceptibles de constituir comunicaciones comerciales o spots, cuya emisión está prohibida por parte de CRTVE. Por ejemplo, se introducen elementos visuales y mensajes accesorios o menciones sobre las virtudes o características de los productos o servicios promocionados, que incitan directamente a su compra.

Estos presuntos patrocinios culturales tuvieron lugar en los canales de televisión La 1, La2, Clan TV, 24H y Teledeporte, entre diciembre de 2017 y enero de 2018. RTVE dispone de un plazo de diez días para presentar alegaciones.

Este miércoles, la CNMC también ha requerido a Mediaset para que adopte las medidas oportunas para una "correcta adecuación de las comunicaciones comerciales en los programas informativos".

Cortes publicitarios en informativos Mediaset

La CNMC ha constatado que en muchas de las ediciones del informativo de las 15 horas de Telecinco, así como en alguna del programa informativo que se emite en Cuatro sobre las 20 horas, el número de interrupciones efectuadas para difundir publicidad, según la duración prevista del programa, es superior a las permitidas por la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

En programas informativos televisivos, la LGCA permite una interrupción publicitaria por cada treinta minutos, puesto que más interrupciones podrían afectar a la integridad de este tipo de programas.

El requerimiento de la CNMC insta a Mediaset para que adopte, en el plazo de diez días, las medidas oportunas para que el número de interrupciones publicitarias efectuadas en los programas informativos no sea superior al máximo permitido en función de su duración prevista.