Bruselas

La banca española debe devolver todo lo cobrado de más a sus clientes por las cláusulas suelo desde la firma de la hipoteca y no únicamente lo ingresado desde el 9 de mayo de 2013, el límite que había fijado el Supremo cuando las declaró abusivas. Así lo ha dictaminado este miércoles el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia que amenaza con provocar nuevas turbulencias en el sector financiero español. [¿Cómo pedir el dinero cobrado de forma ilegal por las cláusulas suelo?]

El fallo, que supone un duro revés para la banca, concluye que el tope de mayo de 2013 que estableció el Tribunal Supremo "es incompatible con el derecho de la Unión". "Tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente, por lo que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas", asegura el TJUE.

La factura adicional para las entidades españolas por esta retroactividad total en la devolución de las cláusulas suelo será de hasta 4.200 millones de euros, según ha dicho este miércoles el Banco de España. Entre las entidades más afectadas se encuentran el BBVA, Caixabank y el Banco Popular, de acuerdo con la información desvelada por ellas mismas.

No obstante, el Banco de España ha revisado a la baja sus propias estimaciones. Durante la vista celebrada en abril en Luxemburgo, el organismo dirigido por Luis María Linde presentó al TJUE un informe confidencial mucho más alarmista en el que cifraba el impacto entre 5.000 y 7.600 millones de euros. El estudio, utilizado por la banca para respaldar sus tesis, nunca se ha hecho público.

Victoria para los clientes

El fallo definitivo del Tribunal de Justicia contradice la recomendación que hizo el pasado julio su abogado general, Paolo Mengozzi. Mengozzi pidió poner un tope al reembolso de las cláusulas suelo (mayo de 2013, como decía el Supremo) alegando que la retroactividad total tendría "repercusiones macroeconómicas" en la economía española.

De hecho, la sentencia final del TJUE no menciona en ningún momento el posible impacto negativo de su decisión en la economía española, pese a que fue el principal argumento esgrimido por los bancos durante la vista oral de abril.

El dictamen supone una victoria para los clientes que han denunciado abusos hipotecarios y para la Comisión Europea, que en este caso se ha puesto del lado de los usuarios. En contraste, salen derrotadas las entidades, pero también el Banco de España y el Gobierno de Mariano Rajoy, que intervinieron en el proceso en defensa del sector financiero, así como el Tribunal Supremo.

Bruselas cree que la banca resistirá

La Comisión Europea se ha felicitado de que el Tribunal de Justicia le dé la razón y al mismo tiempo se ha mostrado convencida de que la banca española tiene suficiente capacidad de resistencia. "El fallo garantiza que los consumidores europeos estén protegidos frente a las cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios", ha dicho la portavoz de Asuntos Económicos, Annika Breidthardt.

"Muchos de los bancos afectados ya han provisionado para hacer frente a los riesgos de litigación. Además, el sector bancario español ha llevado a cabo un proceso de reestructuración profundo y ha recuperado su solidez y fortaleza financiera tras la crisis", ha resaltado la portavoz.

El dictamen del TJUE responde a cuestiones prejudiciales planteadas por la Audiencia de Alicante y un juzgado de Granada sobre las cláusulas suelo en el BBVA, el Popular y Cajasur, ahora propiedad del BBK Bank. Pero sienta una jurisprudencia que deberán seguir a partir de ahora todos los tribunales españoles.

No discriminar a los afectados

Las cláusulas suelo fijan un mínimo a pagar por las hipotecas a interés variable (que son el 80% de las que se firman en España), que se aplica incluso aunque los tipos desciendan a un nivel inferior. Desde marzo de 2009, el Euríbor ha caído de alrededor del 5% al entorno del 0% actual. Pero muchos clientes no se han podido beneficiar plenamente de la rebaja al activarse las cláusulas suelo, cuya media está en el 3%, según varias estimaciones.

El Tribunal Supremo español ha dictaminado que las cláusulas suelo son abusivas por falta de transparencia e información adecuada. Pero decidió que los bancos sólo debían devolver lo cobrado de más desde mayo de 2013, fecha de la primera sentencia negativa. Este es el límite que ha tumbado este miércoles la justicia europea, para establecer en su lugar la retroactividad total en la recuperación de las cláusulas suelo.

Para la justicia europea, el tope fijado por el Supremo es además discriminatorio porque priva a todos los consumidores que firmaron una hipoteca antes de mayo de 2013 del derecho a obtener la devolución íntegra de las cantidades pagadas indebidamente.

"La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula", dice el fallo. Es decir, "debe permitir la restitución de las ventajas obtenidas indebidamente" por la banca en detrimento de los clientes, y hacerlo en su totalidad.

Alrededor de tres millones de familias españolas tienen cláusulas suelo en sus hipotecas, de acuerdo con el 'Estudio Hipotecario Nacional 2005-2015' elaborado por el despacho Martínez-Echevarría Abogados. Y han pagado a sus bancos entre 3.000 y 6.000 euros de más de promedio.

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