La OCDE presentó el miércoles su propuesta de reforma fiscal a los gigantes tecnológicos en el mundo. Se trata del primer documento que unifica las propuestas de los países desarrollados para gravar a las grandes compañías tecnológicas -como Google, Facebook, Amazon o Apple- en los países donde realizan su actividad y donde tienen a sus clientes y no como ahora, que pagan el grueso de sus impuestos en países donde la carga fiscal es menor.

El proyecto que está abierto a consulta pública hasta finales del mes de noviembre, es un duro varapalo para las intenciones del Gobierno de Pedro Sánchez de poner en marcha su anunciado impuesto sobre determinados servicios digitales que espera recaudar 1.200 millones anuales entre todo el sector. Este nuevo proyecto de la OCDE -por tiempos y por su contenido- dejaría sin efecto el plan de Moncloa incluso antes de que probablemente se apruebe.

Desde el Ejecutivo siempre se ha indicado que este impuesto -denominado tasa Google- se aplicaría en España hasta que fuese sustituido por un acuerdo en el marco de la Unión Europea o en la OCDE para una normativa común y armonizada entre todos los países desarrollados.

Por su parte, el proyecto presentado por el organismo internacional insta a los países a llegar a un acuerdo definitivo como tarde en 2020 si no existirían “consecuencias negativas en una economía global” fruto de una eventual proliferación de normativas locales descoordinadas.

Diferentes metodologías de cálculo

Unas fechas en las que, como pronto, se estaría discutiendo este proyecto en las Cortes. Moncloa ha manifestado que su interés es enviar el plan en cuando se forme Gobierno y cuando el Parlamento ya esté en funcionamiento, algo que, según el calendario electoral y en el caso que el PSOE vuelva a ganar las elecciones -y que además tenga los apoyos para elegir a Pedro Sánchez-, se produciría en enero o febrero.

Esto sin contar la trayectoria que podría tener el proyecto de Ley en el Parlamento, con un Congreso probablemente dividido y con dificultades para encontrar acuerdos. Estaríamos hablando de uno dos meses más de trámite, con lo que se podría empezar a aplicar a partir de la segunda parte del año en el mejor de los casos. Por su parte, el objetivo de la OCDE es alcanzar un acuerdo el próximo año para tener una normativa homogénea en todo el mundo para el año 2021.

Dos proyectos que además no son complementarios, porque pese a que se parte de la misma base teórica de gravar a las compañías donde realizan su actividad, aborda de manera muy diferente el pago efectivo de estos impuestos así como su metodología para calcularlos.

La OCDE reasignaría algunos beneficios y los correspondientes derechos fiscales a países y jurisdicciones donde las tecnológicas tienen sus mercados. Garantizaría de esta manera que las compañías que realizan negocios importantes en lugares donde no tienen presencia física sean gravadas en tales jurisdicciones, mediante la creación de nuevas reglas que establezcan “dónde se deben pagar los impuestos y sobre qué proporción de estas ganancias”.

Mecanismo de tres niveles

Este proyecto propone el aumento de la seguridad fiscal mediante un mecanismo de tres niveles. El primero es que gravar a las tecnológicas en base a un nuevo sistema que calcula sus beneficios globales 'residuales' que luego se asignan a jurisdicciones locales. El segundo nivel incluye una remuneración fija atribuida a las funciones básicas de comercialización y distribución que tienen lugar en la jurisdicción del mercado; y un tercer nivel de resolución de conflictos, en especial diferencias entre cálculos del segundo nivel.

De esta manera, los ingresos y beneficios de la empresa se unen a su actividad real y a los usuarios que la utilizan en el país, independientemente de la facturación efectiva declarada. Con esto se asegura un trato impositivo que refleje su verdadera actividad frente a empresas que unifican sus ingresos en sociedades constituidas en países con una carga fiscal más favorable.

En el caso de España, la tasa que el Gobierno incluyó en los presupuestos enviados a Bruselas en verano gravará aquellas empresas con ingresos anuales totales de, al menos, 750 millones de euros, y con ingresos en España superiores a los tres millones de euros. Se aplicará a servicios de publicidad en línea, de intermediación online y a la venta de datos a partir de información proporcionados por el usuario.

Quedan excluidas del gravamen la venta de bienes o servicios entre los usuarios en el marco de un servicio de intermediación en línea; y las ventas de bienes o servicios contratados en línea a través de la web del proveedor de esos bienes o servicios en las que el proveedor no actúa como intermediario. Además, se excluyen del impuesto determinados servicios financieros.

Estimaciones del impuesto español

Estamos hablando de fórmulas diferentes de cálculo que dejan en el aire además la recaudación estimada del Gobierno de 1.200 millones, una cifra que en el sector se considera imposible de conseguir con las condiciones planteadas.

La memoria del proyecto partía de la hipótesis de impacto recaudatorio realizada por la Comisión Europea en el informe Commission Staff Working Document del 21 de marzo de 2018, que estimaba para España 600 millones de recaudación. A ello, Moncloa sumaba en su anterior proyecto otros 128 millones por el “peso de España en indicadores como la participación en redes sociales, la búsqueda de información para compra de bienes y servicios y búsqueda de información de viajes y alojamientos”.

A diferencia del proyecto europeo, en España se rebajó el límite de cinco millones de euros de facturación de Europa hasta los tres millones. Con ello, la estimación subió a 968 millones de euros. Moncloa fió otros 200 millones de recaudación al fuerte crecimiento de los ingresos por publicidad online.

Esto permitió al Ejecutivo estimar el impacto recaudatorio entre 1.065 y 1.258 millones de euros. Una cifra que queda totalmente en el aire si ahora el proyecto de la OCDE prevé estimar los ingresos reales por país de cada una de las tecnológicas.

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