El expresidente de Bankinter, Jaime Botín, en una imagen de archivo.

El expresidente de Bankinter, Jaime Botín, en una imagen de archivo. EFE

Empresas

La CNMV hace oficial la multa de 300.000 euros a Jaime Botín por ocultar su participación en Bankinter

El organismo ha rebajado el importe de la sanción fijada inicialmente por el Ministerio de Economía y empresa, que era de 500.000 euros. 

13 agosto, 2019 12:28

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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha hecho oficial la multa de 300.000 euros a Jaime Botín por haber ocultado su participación del 8% en el accionariado de Bankinter.

El organismo presidido por Sebastián Albella, que ha publicado la resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ha rebajado el importe de la sanción fijada inicialmente por el Ministerio de Economía y Empresa, que era de 500.000 euros. 

Para esta rebaja, ha tenido en cuenta "la entidad de la infracción, la ausencia de sanciones previas en este ámbito y el haber procedido a la subsanación de la infracción por propia iniciativa". 

Con esta multa, se confirma lo dictado por el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional, que declararon la existencia de una irregularidad muy grave

Tribunales

En mayo de este año, la Sala Tercera del Tribunal Supremo confirmó la sanción a Jaime Botín y desestimó el recurso de casación presentado contra la sentencia de la Audiencia Nacional que constató la comisión de la infracción en enero de 2018. 

La Audiencia Nacional consideró probado que Jaime Botín había incumplido la obligación de notificar a la CNMV su participación significativa en Bankinter. Y es que Botín debía declararla dada su doble condición de presidente de la entidad y de consejero y vicepresidente de Cartival, empresa a la que traspasó el paquete accionarial. 

El empresario, en ese momento, reclamó la prescripción de la sanción, pero esta fue rechazada por el Tribunal Supremo, que había interpretado que el plazo de prescripción de cinco años debe comenzar a contarse desde el día en que finalizó el incumplimiento del deber de comunicación en que consiste la conducta infractora, ya que se trata de una información de carácter permanente.