Vodafone considera decepcionante la resolución de la Sala de Regulación de la CNMC y no comparte gran parte de los criterios y manifestaciones vertidas en la misma, por lo que la recurrirá ante la Audiencia Nacional, según ha confirmado la operadora de telecomunicaciones a EL ESPAÑOL.

La compañía presidida por Antonio Coimbra “llegará hasta las últimas consecuencias” en esta batalla legal que comenzaba en verano de 2018, momento en que denunció ante la CNMC por las ofertas de sus paquetes comerciales que incluían fútbol.

El operador británico denunció dos comportamientos: el primero es la promoción Fusión+ que incluía 100 megas, teléfono fijo, dos líneas móviles y televisión con fútbol gratis hasta 2019, según Vodafone “regalando contenidos". También denunció ofertas no definidas y no disponibles para público en general, ofrecidas telefónicamente a clientes Vodafone para que se pasasen a Telefónica.

No obstante, en un fallo conocido hoy, se archivó la denuncia formulada por Vodafone España contra Telefónica de España por la comercialización de determinadas promociones, “al no haber quedado acreditado que las mismas supongan un incumplimiento de las obligaciones de comunicación de ofertas minoristas; impliquen la comercialización de una oferta minorista de carácter no indefinido de duración superior a doce meses; o supongan una discriminación abusiva de precios”.

Test de replicabilidad

Del mismo modo, se desestimó la solicitud de Vodafone en relación a la modificación del tratamiento que reciben las ofertas minoristas de carácter no indefinido en el marco del test de replicabilidad económica establecido en la resolución de 6 de marzo de 2018, por la que se aprueba la metodología para la determinación del test de replicabilidad económica de los productos de banda ancha de Telefónica comercializados en el segmento residencial.

En este sentido, Vodafone sigue convencido de que la única explicación racional de estas promociones agresivas y discriminatorias es el castigo o represalia a aquellos operadores que no adquirieron el fútbol de la oferta mayorista de la propia Telefónica, principalmente a Vodafone, “acción absolutamente anti-competitiva máxime cuando viene de un doble incumbente en el mercado de la TV de pago y de las telecomunicaciones”.

La Sala de Regulación de la CNMC justifica la acción de Telefónica en la existencia “excepcional” de una serie de clientes sin Fútbol, “ignorando que las promociones discriminatorias de Telefónica aplicaban un 50% de descuento durante todo un año a toda la cartera de clientes de Vodafone y otros operadores, con independencia de que antes hubieran tenido fútbol o no –ante la agresividad de la promoción global sufrimos también en clientes de cine y series, no solo de fútbol-”, indican.

Promociones en el mercado mayorista

En todo caso, “no está justificado en derecho que, por mucho que existiera una bolsa potencial de clientes buscando fútbol ante la salida del fútbol total o parcial de algún operador, el dominante puede hacer el doble de descuento para captar a un cliente que viniera de Vodafone frente a otro que viniera de Orange.

Vodafone tampoco comparte en modo alguno la afirmación de la Sala de Regulación de la CNMC de que las promociones no han tenido un efecto en el mercado minorista, y "considera muy graves y conseguido por medios ilegítimos los movimientos de los meses de agosto y septiembre del año pasado, que solo podían haberse evitado con la intervención diligente de la Sala de Regulación de la CNMC atendiendo la petición de adopción de medidas cautelares solicitadas por Vodafone y que la Sala de Regulación de la CNMC desestimó".

Sin perjuicio de todo lo anterior, Vodafone valora positivamente que la Sala de Regulación de la CNMC advierta a Telefónica que la “realización por parte del operador con PSM de prácticas comerciales abiertamente selectivas se analizará con gran detenimiento y podrá reputarse en otras ocasiones como una práctica contraria a la regulación sectorial ex ante, en función de las circunstancias concurrentes”, no dando al menos carta blanca a Telefónica para realización de este tipo de prácticas con carácter general, concluyen.

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