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La caída del Banco Popular podría vivir un cambio de ciclo en las próximas semanas. El Panel de Apelación de la Junta Única de Resolución (JUR) ha estimado de forma "sustancial" una serie de recursos en los que se instaba que hiciera públicos determinados documentos en los que se basó la resolución de la entidad. 

Según ha podido saber EL ESPAÑOL, esta corte de apelación -del propio organismo que dirigió el procedimiento de resolución- considera que la JUR debe entregar a los recurrentes una copia del Informe Deloitte en el que se fundamentaba la toma de decisiones. Le autoriza a omitir "exclusivamente los datos que pudieran afectar a la estabilidad financiera o los intereses comerciales de Banco Popular". 

Considera este Panel de reclamaciones que la JUR incurrió en un "manifiesto error de apreciación" al no entregar el informe elaborado por la auditora a los accionistas del Banco Popular. 

Podrá suprimir partes

Además debe entregar una copia de la decisión de resolución de la JUR de 7 de junio de 2017. Tiene que añadir las "partes sustanciales que fueron eliminadas en la versión censurada" que fue hecha pública por la JUR; y "copia del último plan de resolución del Banco Popular, en una versión no confidencial".

Estos recursos fueron presentados por el despacho de abogados Ramón C. Pelayo a instancias de la Mutualidad General de la Abogacía Española, la Hermandad Nacional de Arquitectos Superiores y Químicos, y otras entidades. 

También por parte del bufete Roca Junyent, que representa al chileno Luksic, y que considera que "implica dar acceso a numerosos datos, informaciones, valoraciones y predicciones del Informe de Deloitte, incluidas sus conclusiones y rangos económicos de su valoración".  

Eso sí, en caso de que omita alguna parte, tendrá que fundamentar las razones que le llevan a hacerlo. 

Tirón de orejas

Este Panel de Apelaciones le da, además, un pescozón a la JUR al asegurar que "la negativa a facilitar los documentos no está justificada" y contradice varias regulaciones de la Unión Europea. 

Fuentes del despacho consultadas por este periódico creen que las personas que han estimado estos recursos "entienden que la negativa de la JUR a facilitar esos documentos impide a los recurrentes ejercitar de forma efectiva su derecho a la tutela judicial". No sólo eso, creen que "hace muy difícil" que los afectados puedan reclamar por los daños provocados por la decisión de la resolución. 

Aunque la decisión es recurrible, las partes consultadas por este periódico estiman que no habrá muchas opciones para que prospere; y, además, tendrá que ir proporcionando la información disponible.