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Los taxistas salen a las calles de Madrid para exigir al Ayuntamiento que frene a Uber y Cabify Jorge Barreno

Empresas Uber

El futuro tras el golpe a Uber en Europa: ¿cómo afectará a plataformas como Airbnb?

Abogados y la Comisión Europea aseguran que, pese a no ser un precedente 'per se', sí puede aplicarse a otros operadores.

12 mayo, 2017 01:46
Jesús Martínez Juan Sanhermelando

Un duro golpe en plena línea de flotación para el negocio de Uber en Europa… y España. El dictamen del abogado general de la Unión Europea emitido este jueves representa un hito en esta particular batalla: asegura que la tecnológica, a través de su servicio entre particulares, es principalmente una empresa de transporte y no una plataforma digital. Ante este nuevo escenario, ¿qué puede suceder con plataformas como Airbnb?

Abogados y la propia Comisión Europea aseguran que, pese a no representar un precedente 'per se', sí podrá aplicarse a otros operadores u otras líneas de negocio. Eso sí, deberá analizarse caso por caso.

Un dictamen sólo contra su servicio entre particulares

Para comenzar, este dictamen se circunscribe sólo al servicio entre particulares de Uber (llamado Pop). Y así lo refleja claramente el abogado general: "No se discute la posibilidad de bloquear o inutilizar de cualquier otro modo la aplicación Uber en los teléfonos inteligentes; el litigio principal versa únicamente sobre la posibilidad de que Uber preste el servicio Uberpop en Barcelona mediante esta aplicación".

También lo reconocen, incluso, desde el bufete de abogados que ha llevado el caso. "Sí es cierto, este pleito se interpuso en contra del servicio de Uberpop", aseguraba a EL ESPAÑOL una de las abogadas de Elite Taxi Barcelona, Montse Balagué.

La duda radica en si puede tener influencia en el caso de su servicio prestado con licencias de vehículos con chófer (VTC), como el que tiene activo en Madrid desde el pasado año. En principio, desde la empresa se descarta. Pero la realidad es que el abogado general de la UE no ha entrado en discernir sobre el negocio de las VTC. Hoy por hoy, la compañía está operando como una plataforma digital que lleva a cabo una intermediación entre oferta y demanda. Pero su gran competidor en el país, Cabify, ejerce como una agencia de viajes que distribuye servicios entre profesionales. Queda la duda de si este dictamen que habla de una relación de empresa de transporte y cliente puede acarrear en el futuro cambios en la actividad de la compañía. Desde la tecnológica lo descartan: "No hay cambios en la operativa".

Más allá del radio de influencia de este posicionamiento de la UE, la abogada Rosa Guirado, fundadora de Legal Sharing (especializado en economía colaborativa), recuerda que este dictamen no es vinculante en dos vertientes: ni para el Tribunal de Luxemburgo, pese a que en más del 80% de las ocasiones el juez respalda la visión del abogado, ni tampoco para el juzgado local de Barcelona que ha hecho esta consulta.

La gran duda: ¿Y otras plataformas como Airbnb?

Otra de las derivadas del dictamen hay que encontrarla en el resto de plataformas digitales que pone de acuerdo a oferta y demanda en sectores regulados como el de los alojamientos. Y en este terreno, Airbnb es uno de ellos.

En Airbnb, el servicio subyacente, el del alojamiento, se produce entre propietario de la vivienda y quien paga el alquiler

Desde la empresa, y otros competidores del sector de alojamientos turísticos, no han querido mostrar su posición oficial sobre el dictamen. Desde hace tiempo han defendido su actuación como un mero intermediario que pone en contacto oferta y demanda y que no lleva a cabo ninguna intervención dentro del proceso. Esa es la clave que señala Rosa Guirado, abogada de Legal Sharing (especializada en economía colaborativa) para ‘exculpar’ a Airbnb: “El servicio subyacente, el del alojamiento, se produce entre propietario de la vivienda y quien paga el alquiler”.

Sin embargo, hay otras opiniones que señalan un cierto riesgo de que, con el razonamiento del abogado de la UE, se obligue a Airbnb y otros competidores a contar con una licencia para operar como un hotel o una compañía de alojamientos ‘tradicional’, al estar implicado de manera directa en ese servicio (y no en el de mera intermediación).  “Es una actividad, la de los alojamientos, es una actividad regulada y puede acarrear que tengan que contar con diferentes permisos”, asegura a EL ESPAÑOL Carlos Guerrero, socio de Innovación en el despacho Fornesa Abogados

¿Qué sucede con Blablacar?

Otro de los grandes nombres que ha estado sobre la mesa respecto al debate entre plataforma digital y empresa de transporte es Blablacar. La empresa francesa tuvo que sentarse frente al juez en España para defenderse de una acusación de competencia desleal planteada por la patronal del autobús (y que tenía como principal argumento que su actividad era de transporte). El magistrado sentenció a su favor. Ahora, con el dictamen de la UE sobre la mesa, desde la filial en España se muestran tranquilos.

Refrenda lo que dijo la Comisión Europea y establece una clarísima diferencia entre Uberpop o el servicio actual de VTC con la de Blablacar

“Refrenda lo que dijo la Comisión Europea y establece una clarísima diferencia entre Uberpop o el servicio actual de VTC con la de Blablacar”, asegura a este medio , su responsable, Jaime Rodríguez. Y pone de ejemplo un párrafo del dictamen en el que el abogado insiste en que no se trata de una actividad de coche compartido “porque los conductores reciben importes superiores a sus gastos”. Es decir, hay una pretensión de lucro generalizada.

Pero, ¿y si los pagos, tanto al conductor que anuncia su viaje como a la plataforma en forma de comisión, se hace dentro de su plataforma? Guirado defiende que hay jurisprudencia sobre ello y jurídicamente no se entiende que esto signifique controlar el servicio de transporte o de alojamiento. “Aunque recojan el dinero y se pague a través de ellos, Blablacar no está en ese contrato”, argumenta.

La CE confirma que no es un precedente ‘per se’

Por su parte, el Ejecutivo comunitario cree que las restricciones que el abogado general ha fijado para Uber no sientan un precedente aplicable directamente al resto de empresas que trabajan en la economía colaborativa, sino que debe examinarse caso por caso.

"Cada empresa tiene su propio modelo de negocio específico, así que sea cual sea el fallo final del Tribunal de Justicia sobre este tema, puede que se aplique a otros operadores en el sector o puede que no", ha resaltado la portavoz.

La Comisión examina desde hace meses varias quejas interpuestas por empresas de la economía colaborativa y ciudadanos contra las trabajas que imponen algunos países miembros. Tanto en el sector del transporte como alojamientos.

Tras el dictamen restrictivo del abogado general, el Ejecutivo comunitario esperará ahora a la sentencia final antes de responder a estas quejas. Eso significa que, en la práctica, la decisión definitiva que tome el Tribunal de Justicia sí que marcará la forma de regular la economía colaborativa en la UE.

La derivada laboral

Una de las derivadas que puede darse con este dictamen se centra también en el empleo. Y es aquí donde Guerrero advierte de que el abogado europeo contempla que los conductores “no ejercen una actividad propia” sino que lo hacen gracias a la plataforma.

Guerrero alerta de que si esta sentencia considera que hay una relación laboral y no de prestación de servicios como autónomos podría tener importantes consecuencias no sólo para el modelo de Uber, sino para el de otras plataformas con profesionales con los que se suscribe un contrato mercantil de prestación de servicios. Este debate no es nuevo y ya ha estado sobre la mesa en diversos litigios en mercados más maduros como el de Estados Unidos.

Desautoriza a la Comisión Europea

Al margen de las consecuencias en otras plataformas, el dictamen de la justicia europea desautoriza la estrategia de Bruselas para impulsar la economía colaborativa. La Comisión había lanzado una cruzada contra países como Alemania, Francia o España por lo que consideraba restricciones injustificadas a nuevos servicios como Uber o Airbnb. Su prioridad era facilitar la innovación en el sector y reducir al mínimo las cargas burocráticas y regulatorias.

La prohibición del servicio, como hizo España con Uberpop en diciembre de 2014, debía ser siempre el "último recurso", según la doctrina del Ejecutivo comunitario. La clave para Bruselas está en el impacto económico de los nuevos servicios y sobre todo su enorme potencial de crecimiento. Los ingresos generados en la UE por plataformas colaborativas alcanzaron ya los 28.000 millones de euros en 2015.

De hecho, en el litigio que enfrenta a Uber con los taxistas de Barcelona, la Comisión propuso una solución salomónica: considerar que la empresa norteamericana es una mezcla entre plataforma digital y servicio de transporte. Pero el abogado general ha desoído los argumentos de Bruselas y ha concluido que Uber es principalmente una empresa de transporte, que debe regularse como tal.

Como es tradicional, la Comisión no ha querido valorar directamente el dictamen alegando que todavía no es definitivo. "Lo vamos a estudiar detenidamente y ahora esperamos la sentencia definitiva del Tribunal de Justicia", ha dicho la portavoz de Industria, Lucía Caudet.