Uno de los aspectos más preocupantes del presunto fraude en el Canal de Isabel II es la promiscuidad entre los intereses públicos y privados que representa el papel de Edmundo Rodríguez Sobrino. Este abogado era presidente de la empresa colombiana Interamericana de Aguas y Servicios SA (Inassa), propiedad del Canal, y al mismo tiempo consejero delegado de Audiovisual Española 2000, editora del diario La Razón. (Francisco Marhuenda ha dicho que no es consejero delegado, sino consejero a secas y ha sugerido que es un error en el Registro Mercantil). 

El régimen de las empresas y entes públicos es mucho menos estricto que el de los organismos del Estado, pero incluso así, el Canal de Isabel II se rige por una serie de normas legales. Su estructura orgánica está definida en un decreto de la Comunidad de Madrid y su gobierno interno lo forman siete personas, cinco de las cuales las designa el Ejecutivo madrileño y dos son representantes de la Administración Central.

Rodríguez Sobrino a su llegada a la Comandancia de la Guardia Civil en Tres Cantos Efe

No cabe la menor duda de a quién rinden cuentas y deben obediencia esas personas: al interés público representado por distintos órganos del Estado. En la actualidad, el presidente del Canal es el consejero de Presidencia de la comunidad, hay otros tres consejeros (de Medio Ambiente, de Transportes y de Hacienda) que son vocales en el consejo de Administración, otro vocal es el presidente de la Federación de Municipios de Madrid y los dos representantes de la Administración Central son el subdelegado del Gobierno en Madrid y el presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo.

Huyendo del escrutinio del sistema democrático

Sin embargo, la filial colombiana Inassa, en la que el Canal posee el 81% de las acciones, se rige por el aún más laxo derecho mercantil, así que la obligación de representar el interés público o de rendirle cuentas a éste se va diluyendo. Así es como un abogado, con importantes intereses particulares, puede llegar a ser presidente de una filial adquirida con el dinero público de los madrileños sin que le alcance el permanente escrutinio del sistema democrático.

El único momento en que la existencia de Rodríguez Sobrino quedó sometida a escrutinio (en este caso periodístico) fue cuando apareció en los ‘Papeles de Panamá’, en abril de 2016. La operativa offshore le costó el cargo en ese momento al ministro de Industria en funciones, José Manuel Soria. “No se puede estar en el Gobierno y haber operado en paraísos fiscales”, dijo Cristóbal Montoro. Y Cristina Cifuentes aplicó bien la regla de tres: si Inassa era del Canal, su jefatura dependía del Gobierno de Madrid y Rodríguez Sobrino no podía seguir si su designación obedecía a una decisión de ese Ejecutivo.

Grado de discrecionalidad

Pero de no haber sido cliente de Mossack Fonseca, Edmundo Rodríguez Sobrino podía haber seguido haciendo y deshaciendo desde su cargo en Colombia, al cual no se le aplicaban las restricciones salariales que, por ejemplo, han afrontado los funcionarios del Estado españoles en razón de la crisis. Esto pone de relieve que el hecho de que una empresa pública adquiera o controle otras sociedades, particularmente en el extranjero, supone introducir un enorme grado de discrecionalidad y de opacidad en los que el poder político puede hacer y deshacer, burlando los controles institucionales.

Este no es un caso aislado. Hay grandes empresas públicas españolas que calzan en este perfil: Aena o Adif por citar sólo un par de ellas. Cada vez que una de ellas adquiere o crea una filial en el extranjero, se complica el entramado societario y se dificulta la rendición de cuentas al propietario original (que es el contribuyente). Lo peor es que muchas veces se argumenta que esas adquisiciones son fundamentales precisamente para poder privatizar la empresa cuando la discusión real es si esa empresa no debería ser fruto de la iniciativa privada desde su mismo origen.

Deberían reforzarse las incompatibilidades, auditorías y controles institucionales sobre estas empresas públicas (estatales, autonómicas o municipales) que prestan servicios o compran o crean filiales en el exterior porque siempre se está operando con dinero público español. Y allí donde va el dinero del contribuyente, el nivel de exigencia y rendición de cuentas debe ser exactamente igual al de cualquier otro organismo del Estado.