El modelo 720 ha cambiado la vida de muchos residentes españoles. Desde su aprobación en 2012, esta normativa obliga a declarar los bienes y derechos en el extranjero y tributar por las plusvalías conseguidas en el impuesto de la renta (IRPF). Desde su introducción, los delitos de fraude a Hacienda por no declarar las rentas en el extranjero ya no prescriben y, además, la Agencia Tributaria (AEAT) tiene una base de datos de declarantes sobre la que investigar. Desde que entró en vigor el modelo 720 la Agencia ha realizado más de 8.800 actuaciones inspectoras sobre presentadores del modelo, lo que ha generado una deuda a cobrar que asciende a 1.100 millones de euros, de los cuales, ya se han liquidado más de 815 millones.

El modelo 720 ha servido para que los españoles declaren 141.000 millones de euros de bienes y derechos en el extranjero, lo que ha permitido incrementar la recaudación del Estado. En paralelo, la actividad de los inspectores ha conseguido aflorar otros bienes que no estaban declarados. La Agencia Tributaria ofrece una serie de ejemplos de casos ya cerrados y liquidados que ejemplifican cómo defraudan los españoles que tienen bienes en el extranjero. Además, gracias a la existencia del modelo 720, la Agencia Tributaria imputa habitualmente el tipo máximo de gravamen por las ganancias no tributadas. En la práctica supone que Hacienda se queda habitualmente la mitad de las ganancias, además de la sanción.

El modelo 720 ha ayudado al ensanchamiento de las bases imponibles y es fundamental de lucha contra el fraude

Una de las opciones que utilizan los defraudadores para intentar burlar a Hacienda es cumplimentar el modelo 720 pero ocultar algunos datos. Por ejemplo, en uno de los casos, un contribuyente declaraba poseer un patrimonio inmobiliario en el extranjero, sin embargo, la Agencia Tributaria detecta numerosas entradas de dinero en sus cuentas bancarias. Después de investigar al sujeto, se localizan ganancias no justificadas que superan los 200.000 euros. El organismo liquida más de 100.000 euros de cuota no tributada y de intereses, además de una sanción que, en el peor de los casos, puede alcanzar el 150% de lo que tendría que haber cotizado.

Hay declarantes que, por temor a ser descubiertos, deciden regularizar sus bienes en un año determinado. Así, un declarante presenta en 2013 el modelo 720 como titular de dos cuentas bancarias en Suiza en las que tenía más de 280.000 euros. La inspección de la Agencia Tributaria localiza que el contribuyente ya tenía estas dos cuentas en el ejercicio anterior, 2012, en las que tenía depositados 260.000 euros, pero no había tributado por ellas, esto es, estaban ocultas. Le han pillado y, como se trata de una ganancia que no puede justificar en ese año, tiene que pagar 140.000 euros de cuota e intereses, a lo que tiene que sumarse la sanción correspondiente.



Si son cumplidores y actúan de buena fe, por declararlo, no se les aplica ese 150%

La ventaja que tienen aquellos que regularizan de buena fe sus bienes en el extranjero es que la sanción a la que se enfrentan es menor. El tope máximo de sanción es del 150% de la cuota no pagada, sin embargo, este tope se ha aplicado en “poquísimas” ocasiones, según explicó el miércoles el director de la Agencia Tributaria, Santiago Menéndez. “Si son cumplidores y actúan de buena fe, por declararlo, no se les aplica ese 150%”, indicó Menéndez.

Los “incumplidores recalcitrantes”

Las peores sanciones caen para aquellos que Menéndez describió como “incumplidores recalcitrantes”, esto es, quienes tratan de ocultar, a toda costa, sus bienes en el extranjero. Un buen ejemplo es el de un contribuyente que ya había sido sancionado por delito fiscal y que simula que no es residente para así no presentar declaración del IRPF y, por tanto, no presenta el modelo 720. Este sujeto había montado un gran entramado societario en el extranjero que la Agencia Tributaria localiza al realizar un registro en varias de sus empresas.

Además de defraudar a Hacienda, este contribuyente estaba realizando una serie de operaciones de venta, unas reales y otras ficticias, con las que conseguía generar una situación de insolvencia en las empresas para evitar pagos a terceros. En otras palabras, que su delito también afectaba a terceras personas.

Los cumplidores con Hacienda no tienen ningún problema, ni siquiera los que cumplen tarde

La inspección de la Agencia determina una ganancia de patrimonio no justificada que supera los 6 millones de euros. De esta cifra, el Estado liquida 3,5 millones por la cuota impositiva no declarada y los intereses y, además, la sanción correspondiente.

Hay otros defraudadores que intentan ponerse al día con Hacienda cuando tienen a los inspectores pisándoles los talones. Es el caso de un ahorrador que tenía una participación en una sociedad argentina que no había declarado ni en el IRPF ni en el Impuesto de Sociedades. Cuando la Agencia empieza a investigarle decide presentar una declaración extemporal, sin embargo, no realizó ninguna acción para tratar de justificar el origen de ese dinero. La AEAT determina finalmente que el contribuyente ha tenido unas ganancias de más de 856.000 euros y por tanto liquida 533.000 euros de cuota e intereses más la sanción correspondiente.

Como el Atlético de Madrid

Menéndez comparó a la Agencia Tributaria con el Atlético de Madrid, ahora que está tan de moda la filosofía cholista del “partido a partido”. Para su director, la Agencia es como el Atlético de Madrid porque actúa con “constancia, equipo, intención e insistencia”. Su labor llega hasta las aduanas, así fue como localizaron a un contribuyente que intentaba pasar 50.000 euros.

Esta pista sirvió a la AEAT para iniciar una investigación posterior en la que encontraron que había ganado casi 1 millón de euros. Además, lo había logrado empleando tres sociedades costarricenses con las que invirtió en la creación de una sociedad en España. En conjunto, se consiguen recaudar más de 300.000 euros a lo que se añade la sanción correspondiente.

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