El Gobierno de España no sabe si lo que se le debía a las arcas públicas a 31 de diciembre de 2013 en concepto de prestaciones por desempleo cobradas de forma indebida eran 562,9 millones; 582,3 millones o 769,1 millones de euros. Todo depende de la ventanilla en la que se pregunte. Esto es lo que ha experimentado el Tribunal de Cuentas al realizar su informe sobre Procedimientos de gestión y control de las prestaciones por desempleo indebidamente percibidas, hecho público esta semana.

Si se mira la Cuenta General del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), organismo adscrito al Ministerio que dirige Fátima Báñez, dan la primera cifra; si se pregunta a las direcciones provinciales del mismo Servicio de Empleo, la segunda; y si es con el inventario elaborado ad hoc por el SEPE cuando se lo requirió el Tribunal de Cuentas, facilitan la tercera. Si se prueba con las deudas por prestaciones indebidas del Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social (Seass), la cifra en euros se asemeja pero el número de deudores a los que reclamar se mueve entre 9.115 y 13.609.

En el país del paro, las aplicaciones informáticas del Servicio Público de Empleo Estatal no comparten de forma automática la información, no son capaces de hacer inventarios de prestaciones que se hayan detectado como mal cobradas por los trabajadores, ni históricos de los saldos de deuda y ni siquiera cuentan con un registro de las que hay que reclamar a empresas.

Los trabajadores de los servicios de empleo meten los mismos datos a mano en tres aplicaciones informáticas diferentes provocando los inevitables errores que hacen que las cifras no coincidan entre sí ni cuadren las fechas dependiendo de a qué aplicación se consulte. En España, un país con 4,1 millones de parados registrados de los que cobran prestación 2,1 millones, las cuentas de la Seguridad Social referidas al desempleo incumplen incluso las normas de contabilidad del régimen de control de la Intervención General del Estado.

Son las conclusiones del Tribunal de Cuentas tras una fiscalización que se dirigía en principio a algo muy específico pero que ha terminado sirviendo para descubrir el caos existente tras la gestión del desempleo en este país.

Cabe preguntarse qué está ocurriendo con la gestión total del SEPE, un organismo que, como recuerda el informe del Tribunal, tiene entre sus competencias destacadas "la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo", así como "la de gestionar y controlar las prestaciones por desempleo, haciendo efectivo el derecho de las personas desempleadas a la protección", tanto en el nivel contributivo, como en el asistencial y los subsidios.

El efecto de las prestaciones

La gravedad del asunto es directamente proporcional a la situación de empleo de España, con un 20% de paro de la población activa durante más de cinco años, rozando incluso el 27% en algunos momentos. 

"Como consecuencia del aumento de los gastos por prestaciones se ha originado un incremento de los supuestos de pagos indebidos de las mismas", comenta el informe. "Así, según información proporcionada por el SEPE, el número de deudores por pagos indebidos ha pasado de 167.772 a 31 de diciembre de 2007 a 324.814 a cierre de 2013, un aumento del 94%". En cuanto a la deuda por pagos indebidos, pasa de los 158 millones registrados en 2007 a los 582,3 millones que registra el SEPE en 2013 (cifra que como se ha dicho, se eleva a 769 millones en la información facilitada para el informe). La cantidad recuperada, dada la deficiente metodología de gestión y los errores en las aplicaciones, son 140,3 millones, un 24%.

Habría que sumar que "a 31 de diciembre, el saldo de los deudores por responsabilidad empresarial ascendía a 47,2 millones, siendo el número de empresas con una deuda superior a mil euros de 5.593". 

El cruce de la persona y la máquina

El SEPE realiza cruces diarios automáticos de información con el fichero de afiliación a la Tesorería General de la Seguridad Social y con los datos de las políticas activas de empleo y prestaciones, así como con el fichero de bajas automáticas por no renovación de la demanda y, cuando el sistema detecta una incoherencia, paraliza automáticamente el pago de la prestación e inicia el proceso de recuperación si procede de lo que se haya pagado de forma indebida. 

¿Funciona el sistema? No muy bien pero no todo es culpa de las órdenes dadas a las máquinas. "En las actuaciones fiscalizadoras se ha comprobado que en el traspaso de información entre las aplicaciones se producen errores, información duplicada, riesgos e ineficiencias por tener que introducir de manera manual la misma información en aplicaciones diferentes y la necesidad de ir solventando diariamente los problemas derivados de este flujo de información". 

Las aplicaciones también llevan su parte de culpa. Hay tres relacionadas entre sí: SILD (Sistema de Información Laboral para Desempleo), que gestiona, tramita, calcula y paga la nómina de las prestaciones por desempleo; COBINWEB (para la gestión de cobros indebidos), que recibe la información de prestaciones incorrectas que detecta SILD e inicia el trámite de reintegro; y la Aplicación de Acciones de Control, que hace seguimiento de los beneficiarios de prestaciones que están siendo comprobados por posible baja en el derecho a la prestación. 

Para empezar, ninguna de esas aplicaciones gestiona la deuda derivada de una responsabilidad empresarial. Todo está creado para recuperar cobros indebidos por responsabilidad del trabajador. Por eso nadie ha detectado en el SEPE que el 54% de la deuda es de muy difícil cobro, por estar las empresas desaparecidas o en causa de disolución. Lo detecta el Tribunal de Cuentas porque pide la información a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Por otro lado, el cruce de datos no es automático ni siquiera entre las aplicaciones del propio SEPE. Hay que usar archivos para la transferencia de datos entre unas y otras y el intercambio sólo va en una dirección. SILD le remite toda la información de cobros indebidos a COBINWEB pero no recibe información de vuelta sobre cómo se han gestionado esos cobros indebidos. Lo mismo ocurre con Acciones de Control. COBINWEB, por su parte, sólo proporciona datos de deuda en la fecha en que se realiza la consulta, no admite búsquedas que permitan ver la evolución histórica, algo que según el informe es "imprescindible para soportar el inventario de deudores". Esta aplicación ni siquiera tiene "campos de información y datos específicos para registrar contablemente la deuda". 

El día en que se preguntó al CGPJ

Pero además los cobros indebidos no siempre se deben a causas detectables por el sistema. Un caso muy común es cuando "las direcciones provinciales tienen conocimiento de potenciales cobros indebidos de prestaciones por desempleo cuando los juzgados competentes les comunican las sentencias favorables al trabajador relativas a despidos individuales o colectivos". ¿Saben en el SEPE si tienen actualizada esta información? No.

El informe mantiene que "no se puede concluir si las sentencias en poder del SEPE son todas las dictadas por los juzgados competentes". Y añade algo más sorprendente aún. Es en el trámite de alegaciones al informe de fiscalización cuando al SEPE se le ocurre "remitir un escrito al Consejo General del Poder Judicial instándole a dirigirse a los órganos jurisdiccionales para recordarles su obligación de comunicar a las direcciones provinciales todas las sentencias emitidas correspondientes a su ámbito territorial". 

65 millones perdidos por prescripción

Un sistema mal gestionado, cuando maneja dinero público, suele tener consecuencias para el bolsillo del contribuyente. ¿Cuáles son en este caso, que se conozcan de momento? Según el artículo 45.3 de la Ley General de la Seguridad Social, para reclamar una prestación indebida hay un plazo de "cuatro años, contados a partir de la fecha de su cobro, o desde que fue posible ejercitar la acción para exigir su devolución, con independencia de la causa que originó la percepción indebida". 

El SEPE no tiene ningún análisis ni clasificación de los deudores por la antigüedad de su deuda. Esto tiene dos problemas: que no se aceleran las reclamaciones a las deudas cerca de la prescripción y que contablemente no se registra cuáles ya no se pueden cobrar y deben considerarse activo deteriorado en el balance del SEPE. 

En las muy diversas fallas que detecta el Tribunal de Cuentas en las bases de datos de la deuda viva (registros en los que las fechas de generación e inicio de cobro indebido son posteriores a la fecha de la devolución; registros en los que la deuda es anterior a su inicio...) se detectan "48.386 deudores de cobros indebidos de prestaciones por deudas anteriores al 31 de diciembre de 2009 en cuyo registro no hay información de campo que indique si se ha producido la notificación" para recuperar el dinero. Si la información es correcta y aún no se ha reclamado, "se trataría de procedimientos que probablemente estarían prescritos", dice el informe. 

"El SEPE no efectúa el registro contable de los deudores por prestaciones, por lo que no ha generado información que le permitiese confeccionar un inventario de los mismos al menos con la siguiente información: cobros indebidos por tipo de prestación, distinguiendo entre el principal y los intereses y los recargos; el ejercicio en el que se originó la deuda; las prestaciones anuladas clasificadas por motivo de la anulación y las prestaciones indebidamente abonadas diferenciadas por nivel contributivo y asistencial". 

Esto no sólo es un caos. Tampoco es legal. Como recuerda el Tribunal, "la falta de registro contable de los derechos de cobro incumple lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado". 

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