Todas las semanas se produce la misma discusión en las puertas de los cines de toda España. Una persona intenta introducir su propia comida en la sala y el personal prohibiéndoselo argumentando que es ilegal. En ese momento lo más común es que el propio consumidor ceda y tire lo que llevaba. Como mucho se va tras poner una hoja de reclamación al establecimiento.

La última polémica ha tenido lugar este fin de semana en la cadena Yelmo, que sigue diciendo que los espectadores no pueden meter comida por lo que indica la ley de Establecimientos de Espectáculos Públicos, y arguyendo que, del mismo modo, también se prohíbe el acceso de comida o bebida, por ejemplo, al teatro. Una madre de una niña diabética, llamada Rocío Daniel, ha denunciado su caso mediante redes sociales y ha mostrado la hoja de reclamación que puso.

Daniel, explica en un post de la red social que el lunes dos de diciembre llevó a su hija “que tenía diabetes tipo 1 autoinmune e insulino-dependiente”, una situación que hace que tenga que tener un cuidado extremo con las comidas, las cantidades y las horas. “El día 2 fue su cumple y quiso ir al cine a ver una peli, por lo que ante los buenos comentarios de amigos y conocidos fuimos al que está en el centro comercial de Algeciras, a Yelmo Cines. Al entrar miré en la cafetería de esta empresa para ver qué es lo que vendían y que a mi hija no le afectará demasiado a sus niveles de glucosa, pero como es de imaginar solo tenían refrescos, palomitas (que no le gustan) nachos, un sin fin de productos de chocolate y chucherías”, explica esta madre.

Hija de reclamación de Rocío Daniel. Facebook

“Al comprobarlo, comenté a todo el personal la situación de salud de mi hija, y les dije que ella llevaba su merienda pesada y calculada a la insulina que se había puesto 10 minutos antes de la hora prevista de entrar en el cine. Mi sorpresa es que me dicen que no dejan entrar a la niña con comida de fuera, después de explicarle su situación de salud y enseñarles el neceser que mi niña lleva siempre consigo con todo lo necesario para controlar su enfermedad. Ni aún así nadie mostraba un poco de empatía con nosotros por todo esto además de que era su cumpleaños. Me llegó a decir una empleada que si la niña entraba al cine la iba a vigilar a ver si comía algo de fuera y que de ser así le quitaría la comida, lo que implica una situación peligrosa que incluso puede poner en riesgo la salud y la vida de mi hija”, añade en su denuncia.

Tras lograr sin éxito convencerles pidió una hoja de reclamaciones. Esta madre cree que el cine estaba en su derecho de no dejar traer comida, y de hecho dice que haya “excepciones”, pero lo que debería saber es que cualquier persona puede llevar comida de fuera al cine, y que ya hay sentencias legales que han obligado a grandes cadenas a compensaciones económicas por esta prohibición. A pesar de ello, y debido a que no hay una ley exacta para este tipo de casos, los cines siguen aprovechándose e impidiendo, pero como explica FACUA, “no autorizar la entrada con comida y bebida en los cines es una cláusula abusiva prohibida por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias”.

No autorizar la entrada con comida y bebida en los cines es una cláusula abusiva prohibida por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre

Los cines argumentan que a un teatro nadie lleva comida de fuera, igual que tampoco se hace en un restaurante. En el primer caso se debe a que el teatro no vende comida en su interior, por lo que sí puede prohibir que se introduzcan alimentos, igual que lo pueden hacer aquellos cines que no vendan palomitas ni nada y que sólo se dediquen a la exhibición cinematográfica. En cuanto una cadena venda comida debe permitir llevar cosas de fuera, ya que su actividad económica principal es la venta de entradas y no la de comida.

La organización explica en su propia web que "impedir que un usuario entre con su propia comida o bebida a un restaurante es una limitación del derecho de admisión razonable, pero hacerlo en un cine tiene tan poca base legal como no permitirle acceder con un abrigo. Si la empresa propietaria del cine decidiese vender ropa dentro del establecimiento, resultaría absurdo que obligase a los usuarios a quitarse la suya para poder entrar, señala la asociación".

FACUA-Consumidores en Acción, de hecho, ya ha logrado la primera multa que trasciende en los últimos años contra un cine por no permitir a los usuarios la entrada con comida y bebida del exterior para que tengan que comprarla dentro el establecimiento. Se trata de un cine de la localidad pacense de Zafra, Multicines España, al que el Instituto de Consumo de Extremadura ha sancionado con 3.005 euros por una "infracción grave" del Estatuto de Consumo de la Comunidad.

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