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Tomás

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Los amigos se presentan y se eligen en el curso de la vida, y por lo normal, siempre se busca a los mejores, de los que uno puede aprender y enriquecerse con la dignidad de la mejor disposición. Yo aprendo y me enriquezco tanto de mi amigo Tomás, que ya es hora de que se lo diga, porque bien merecido lo tiene. Es un hombre talentoso y por si esto fuera poco, además es abogado de prestigio y un gran experto en gambas. Esto puede resultar extraño, pero es tal el dominio que tiene sobre los crustáceos decápodos que es capaz de degustarlas con exquisito respeto. Aspecto éste muy de los hombres de mundo porque para triunfar en sociedad hay que saber comer bien las gambas.

Por otro lado, sus virtudes como profesional de la abogacía son fruto del hermanamiento con su propio talento, probidad que ensambla a la perfección en todo lo que hace. Esta rara dualidad es lo que conforma sus éxitos ante los Tribunales y no es que tenga necesidad de recurrir sentencias por cuestiones menores en su condición de letrado, es que lo hace por honestidad justiciera.

De entre las muchas resoluciones defendidas por Tomás que se han visto sustentadas por las diferentes curias, quiero destacar una en particular que, por su carácter de justicia económica, también sienta jurisprudencia en un marcado aspecto social al contener una carga de humanitaria sensibilidad muy a tener en cuenta. Los fundamentos de derecho traen causa de una reclamación económico-administrativa en favor de un contribuyente, cuyos motivos no son otros que defender la falta de proporcionalidad que aún se reserva la Agencia Tributaria para determinados casos a la hora de hacer una correcta interpretación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento que la desarrolla. Sabido es que Hacienda no es precisamente una institución benéfica, de manera que es ahí cuando mi admirado amigo y maestro emerge de la letra pequeña para corregir la parte más licenciosa de la Hacienda Pública.

El caso, como antes apunté, no es otro que allanar el camino a quienes se consideren discriminados por su condición de funcionarios públicos respecto del resto de trabajadores encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social cuando la Agencia Tributaria les deniegue el derecho a la exención en el I.R.P.F. de las prestaciones y ayudas familiares percibidas de cualquiera de las Administraciones Públicas, por cuidado de menores a cargo del contribuyente, afectados de enfermedad grave.

Mi respetado amigo, en su puesta de manifiesto ante el Tribunal Económico-Administrativo hace valer en sus alegaciones “…que no existe razón alguna para el tratamiento diferenciado a los empleados públicos, porque excluir la aplicación de la exención del artículo 7.z) del I.R.P.F. a éstos supone una discriminación respecto al colectivo de trabajadores a los que le es de aplicación el Régimen General de la Seguridad Social. Son casos idénticos, ya que se trata de hijos menores con enfermedades graves, y ello no puede constituir la voluntad legislativa ya que es la misma situación de hecho regulada en leyes diferentes pero sobre un mismo fondo”.

Verán que por sí solo este alegato ya contiene música celestial, o sea, desprende efectos terapéuticos. Y a tenor de ello, va el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid y le pone letra a la romanza jurídica de mi amigo al estimar favorable en todos sus términos la reclamación, anulando por consiguiente los actos impugnados por Hacienda y fallando a favor de su representado contribuyente. En este orden de cosas, cuando un órgano superior te guarda en consideración de justicia, el alivio profesional va acompañado del inseparable gozo de la sensibilidad del caso, pues en esta ocasión, además, la reparación habida está vinculada a un niño menor enfermo de cáncer cuya progenitora es funcionaria de la administración pública, que por suerte puso el caso en manos de un abogado llamado Tomás Llorente Vicente.

Nada de extraño tiene, por tanto, que mi amistad con Tomás Llorente lleve aparejada una sólida admiración. Si no fuera así le hubiera sustraído la toga por si ésta fuera la causa de la brillantez que atesora tanto en lo personal como en lo profesional. En fin, una persona de bien y además con superpoderes. Así cualquiera.