Los registros de morosos son ficheros automatizados de datos que cumplen una función clave para las empresas y las entidades financieras: permiten saber a los acreedores con quiénes se la juegan. Esta función indispensable les otorga un gran poder, pero debería acarrear también una enorme responsabilidad.

Hay que tener presente que la información crediticia negativa, referida al historial de impagos, circula sin consentimiento del afectado, y que salir de un registro suele ser más laborioso que entrar. Es imprescindible por ello que las empresas que trabajan con este tipo de ficheros sean especialmente cuidadosas y protejan a sus clientes de las consecuencias negativas de ser incluidos en uno de ellos.

Daños que hay que resarcir

Más de una quincena de sentencias recientes analizadas por EL ESPAÑOL en las que se trataba de incorporaciones al registro de clientes de telecomunicaciones, demuestran que los jueces están siendo más duros y han determinado que la inclusión ilegítima, bajo determinadas circunstancias, comporta un daño que se debe resarcir.

La más reciente de estas sentencias, la que afecta a Vodafone, le supuso tener que indemnizar con 12.000 euros al abonado, además acarrear con las costas del juicio. Fue en un procedimiento exprés en el que la compañía dirigida por Antonio Coimbra ni siquiera se defendió, al parecer debido a un error informático o de la empresa con la que trabajan para este tipo de pleitos.

Trámites y obstáculos

La jueza fue muy clara sobre el procedimiento y dejó claro que la elevada cuantía de la compensación estaba directamente relacionada con la enorme cantidad de trámites y obstáculos que tuvo que enfrentar el cliente para plantar cara al abuso contra su honorabilidad, y el impacto económico que le supuso la retirada del crédito de una de sus tarjetas.

¿Cuántos españoles tienen la entereza, el tiempo o los recursos necesarios como para discutir impagos que consideran injustos? ¿Cuántas facturas de las operadoras han escondido condiciones oscuras, sobrecostes extraños o, directamente, errores en las cuentas? No hace falta un estudio demoscópico.

El ejemplo de EE.UU.

El problema descansa, en buena medida, en la limitada medición del riesgo crediticio en nuestro país. En otros, como EE.UU., la información sobre el comportamiento crediticio es exhaustiva, hasta el punto de que es aconsejable que los jóvenes consigan lo antes posible una tarjeta de crédito para demostrar su fiabilidad. Allí, por ejemplo, los jóvenes no pueden tener su propia tarjeta hasta los 21 años, a menos que trabajen o que tengan a sus padres como cofirmantes de la misma. Esto sirve para que pueda haber un periodo de transición en el que los progenitores monitorizan el gasto y comparten responsabilidades.

En España, lamentablemente, no existe apenas información sobre hasta qué punto un deudor paga bien o sobre su nivel de endeudamiento real, aspectos restringidos por la Ley de Protección de Datos (LOPD). Y hay quien piensa que esta limitación tiene su origen en los propios bancos, poco dispuestos a compartir con sus rivales información sobre sus mejores clientes y facilitar que la competencia les ofrezca condiciones más ventajosas.

Más información, menos morosos

Con más información, el peso de los registros de morosos se reduciría drásticamente. Si un cliente es y ha sido buen pagador, de forma contrastada, una entidad apenas le pondrá problemas. Pero, por ahora, los registros de morosos son esenciales.

Según el informe de 2016 de la Agencia de Protección de Datos, el derecho de cancelación fue el más reclamado por los usuarios, y la incorporación indebida en ficheros de solvencia alcanzó casi una cuarta parte de las reclamaciones planteadas. "La mayoría de ellas se producen porque el ciudadano niega la existencia de la deuda que se inscribe en los ficheros por parte, sobre todo, de compañías de telecomunicaciones o de empresas que compran créditos", explica Facua.

Las operadoras de telecomunicaciones en España, y Vodafone entre ellas, deberán balancear cuidadosamente la justa reclamación de sus deudas y el abuso de unos registros que, demasiado a menudo, dejan indefensos a los consumidores.