Una semana después de que el TSJ valenciano impusiera penas durísimas a los jefes de la Gürtel y a los políticos que amañaron los contratos de Fitur entre 2009 y 2005, la Audiencia Provincial de Palma ha resuelto el caso Nóos con una sentencia significativamente benévola. Se trata de dos actos autónomos de la Justicia y en ambos se ha aplicado con rigor el Estado de Derecho, no cabe duda. Sin embargo, la absolución de Cristina de Borbón y nueve de los 17 acusados en Nóos y las condenas falladas en esta trama resultan llamativas, por su lenidad, comparadas con las impuestas a los culpables de la Gürtel.

Vaya por delante que se trata de dos casos de corrupción diferentes y enjuiciados por dos tribunales distintos. Sin embargo, los algo más de 6 y 8 años de cárcel impuestos a Iñaki Urdangarin y a su socio Diego Torres por apropiarse de seis millones de dinero público a través de Nóos y sus sociedades satélites contrastan con los 12 que tendrá que pasar en prisión Álvaro Pérez El Bigotes por manipular los contratos de Fitur.

Absolución y multa 

No se puede dudar de la imparcialidad de los tribunales, pero es evidente que la Audiencia Provincial de Palma ha aplicado a los acusados en Nóos una interpretación de la legalidad que les ha beneficiado. La absolución de la infanta, que ha sido multada con 265.000 euros por beneficiarse de la trama como socia de Aizóon -adonde fue a parar parte del dinero robado- se basa en que no gestionó, no dirigió, no autorizó ni participó en los delitos fiscales cometidos por su marido. Se trata de una decisión fundada que parece haber condicionado la absolución de la mujer de Diego Torres, Ana María Tejeiro.

Ha quedado probado que Urdangarin, para quien el fiscal pide su ingreso inmediato en prisión, aprovechó descaradamente su condición de miembro de la Casa de Su Majestad el Rey para desviar a una fundación teóricamente sin ánimo de lucro hasta 6,1 millones de euros de las administraciones balear y valenciana. Su socio, Diego Torres, ha sido condenado a dos años más porque se le considera culpable no sólo del saqueo de dinero público, sino también de evasión de impuestos. Resulta llamativo que en ambos casos las penas impuestas se hayan rebajado a menos de la mitad de lo que solicitaba la Fiscalía.

Matas, tres años

Las absoluciones políticas implican que no hubo una rama valenciana y otra madrileña del caso pese a que el saqueo en ambas Comunidades está constatado. Su absolución contrasta también con la condena impuesta a Jaume Matas (tres años) ya que los convenios que los políticos baleares y valencianos suscribieron eran muy parecidos.

La abogada de Manos Limpias ha descartado recurrir, lo que convierte en casi firme la absolución de Cristina de Borbón: a expensas de que el secretario del sindicato, Miguel Bernard, investigado por extorsionar al entorno de la infanta, decida hacerlo. En los casos de Urdangarin y su socio, la Fiscalía ya ha anunciado que solicitará su ingreso inmediato en prisión. La Audiencia de Palma se ha caracterizado por su rigor a la hora de aplicar el cumplimiento de las penas por corrupción. Otra cosa distinta es que haya motivos fundados para ordenar el ingreso en prisión antes de que el Tribual Supremo falle una sentencia firme. Es verdad que en Valencia, los cabecillas de la Gürtel ya están en la cárcel, pero sus penas son el doble de largas y se trata de delincuentes con otras causas pendientes. En el caso de Urdangarin y Torres, el riesgo de fuga es prácticamente inexistente.    

La sentencia del caso Nóos prueba que el Estado de Derecho funciona en España. Haber visto a la infanta en el banquillo de los acusados demuestra que la Justicia se aplica sin que importen renta, patrimonio o linaje. Otra cosa es que el desenlace judicial de unos y otros casos de corrupción alimente la sospecha de que el cuñado del rey haya podido tener un trato menos severo.