Tribunales

La estafa piramidal de la que fueron víctimas testigos de Jehová se salda con penas de cárcel

Los condenados obtuvieron 39 millones de euros de 1.300 personas que creían asegurada su inversión en bienes inmobiliarios. 

7 marzo, 2017 13:11

La Sala Penal del Supremo ha confirmado penas de entre 3 años y 3 años y medio de cárcel a cuatro responsables de una estafa piramidal por importe de 39 millones de euros de la que fueron víctimas más de 1.300 personas en toda España, cientos de ellos pertenecientes a la congregación religiosa Testigos de Jehová, entre los años 1998 y 2002.

El engaño a los inversores se produjo a través de las empresas Rural New Life, S.L. y la Mutua Mas Vida. La primera era una mercantil fundada en Sevilla por Evaristo Pérez Sánchez (ya fallecido) y dedicada a captar inversores privados para comprar bienes inmuebles. La segunda era una entidad de naturaleza aparentemente asistencial que se comprometía a garantizar asistencia sanitaria no invasiva que excluía transfusiones de sangre en las intervenciones quirúrgicos, un tratamiento clínico prohibido en la religión de los testigos de Jehová.

Los condenados a 3 años y medio de cárcel son Juan Andrés Torrecillas Martínez, uno de los socios fundadores de Rural New Life y expresidente de Mutua Mas Vida, y Diego Luna Sánchez, delegado de ambas entidades en la zona de Catalunya, quien aprovechó su cargo de ‘anciano’ en los Testigos de Jehová para convencer personalmente a centenares de feligreses para que suscribieran contratos de inversión y pólizas de seguros.

A 3 años de prisión han sido condenadas las hermanas María Mercedes y María Nieves Torres Salado, la primera directora jurídica de las dos entidades y la segunda fundadora y exsecretaria del Consejo de Mutua Mas Vida.

La Audiencia Provincial de Barcelona, que juzgó los hechos en primera instancia, les condenó en enero de 2015 por delito continuado de estafa -agravado por una situación de abuso de confianza y habiendo causado un perjuicio de notoria importancia- en conjunción con un delito de insolvencia punible.

Aunque el Supremo, estimando parcialmente el recurso de las dos mujeres, absuelve por el delito de insolvencia punible al considerarlo incluido en el delito continuado de estafa, mantiene inalterables las penas de cárcel.

Según los hechos probados de la Audiencia de Barcelona, los acusados decidieron, "inducidos  por el ánimo de enriquecimiento injusto, ofrecer a partir del año 1999 como señuelo a los futuros inversores de Rural New Lifeunos contratos de préstamo ( bajo la denominación de Plan Inversión y Plan Ahorro, en adelante PIN y PAN) en los que se hacía constar una rentabilidad garantizada entre el 10 y el 13%, a pesar de ser plenamente conscientes que no se iba a invertir el capital captado en ningún bien concreto que produjera tales elevados dividendos”.

“Conscientes de que solo con la entrada de nuevos capitales (pirámide) podrían hacer frente a las obligaciones contraídas, establecieron una red de sucursales ( 12 en toda España)”, a la que hicieron llegar unos folletos de propaganda donde se prometían aquellos elevados intereses sin riesgo alguno del capital invertido, añade la resolución.

Productos PIN y PAN

A finales del año 1.998, al comprobar que muchos de los inversores pertenecían a la congregación religiosa Testigos de Jehová como consecuencia de que la mayoría de delegados de zona eran miembros directivos de la misma y ofrecían los productos PIN y PAN a los feligreses de su comunidad, el primer presidente de Rural Nee Wife, otro socio que está ahora en paradero desconocido y Torrecillas decidieron ampliar y completar la estructura piramidal fraudulenta mediante la fundación de Mutua MAS VIDA, una entidad de naturaleza aparentemente asistencial que serviría para que los mismos inversores ya captados por Rural New Life se decidieran a adquirir también participaciones como mutualistas, a cambio de garantizarles no solo una asistencia sanitaria no invasiva sino también intereses elevados de sus aportaciones económicas.

“Consiguieron de esta manera y gracias a la 'fe ciega' de los suscriptores, consecuencia de compartir un mismo ideal religioso basado en la inmoralidad de toda mentira, que a comienzos del año 2001 entre ambas entidades tuvieran ya casi 3.000 partícipes entre inversores y asegurados”, indica la sentencia.

Los intereses de los contratos de inversión vencidos se liquidaban gracias únicamente a las aportaciones de los nuevos inversores, formándose una "pirámide". El volumen de devoluciones de capital invertido al inicio era muy reducido, ya que los clientes estaban convencidos de que el negocio inmobiliario funcionaba muy bien y su capital estaba garantizado, razón por la que reinvertían habitualmente el mismo importe e incluso lo aumentaban con la adición de los intereses presuntamente devengados.

Evasión a Suiza

"Todos ellos ignoraban que Evaristo Pérez había efectuado un reintegro en el año 2000 de 1.185 millones de ptas (7 millones de euros)", señalaba la sentencia. El fundador de la estructura piramidal invirtió una parte de ese dinero por su cuenta en acciones especulativas 'warrant' de bolsa, que sufrieron graves pérdidas. La otra parte la evadió a Suiza con la ayuda de un broker fiduciario, De Vítori, procesado en el país helvético por delito de blanqueo de capitales

El Consorcio de Compensación de Seguros llegó a un acuerdo con 1.312 asegurados de Mutua Mas Vida para adquisición y subrogación por valor del 89'31% de cada título o participación , por valor de 11 millones de euros.

No asumió el Consorcio los créditos correspondientes a la mercantil Rural New Life dado que era una sociedad privada con ánimo de lucro, estando aún pendientes de cobro por parte de los inversores 27,9 millones de euros.

La sentencia, en concepto de responsabilidad civil, condena a los cuatro acusados a indemnizar conjunta y solidariamente a los afectados y al Consorcio de Compensación de Seguros por la cantidad estafada, declarándose responsable subsidiario –no solidario como había dicho la Audiencia de Barcelona—la sociedad Rural New Life respecto a sus inversores perjudicados.