Imagen aérea de la base murciana de Alcantarilla.

Imagen aérea de la base murciana de Alcantarilla. Defensa

Política JUSTICIA

Un teniente coronel sustrajo durante siete años fondos de su unidad para fiestas, regalos y trajes

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de un año y medio de prisión que le impuso el Tribunal Militar Central al oficial de la base de Alcantarilla (Murcia)

26 marzo, 2017 00:39

Un teniente coronel de Intendencia del Ejército del Aire estuvo siete años detrayendo fondos de la unidad de la que era jefe y pagando con ellos comidas y celebraciones de su personal, así como lotes de productos navideños, mobiliario, trajes y corbatas para él mismo. La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la pena a un año y medio de prisión que le impuso el Tribunal Militar Central por un delito contra el patrimonio en el ámbito castrense, una condena que se vio reducida por la aplicación de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. También deberá reintegrar al Ejército 16.000 euros.

El hoy coronel José Antonio M. fue entre agosto de 2003 y julio de 2010 jefe de la Sección Económico-Administrativa (SEA) número 63 de la Base Aérea de Alcantarilla y, como tal, se encargaba de las contrataciones y gastos.

Sin embargo, era al coronel jefe de la base al que correspondía determinar las necesidades y autorizar todas las compras. El sistema de gasto o de contratación se iniciaba con un documento denominado vale-pedido que debía llevar tres firmas: la del jefe de la unidad solicitante, la del jefe de la base y la del jefe de la SEA 63, que validaba el proceso de compra y disponía el pago.

El entonces teniente coronel José Antonio M. aprovechó su posición como jefe de la SEA para, burlando el procedimiento establecido, añadir a otros expedientes o partidas de gasto ciertos desembolsos no autorizados por el jefe de la base. El condenado "simulaba necesidades para el servicio, solicitaba asignación presupuestaria para esa atención supuesta y aplicaba en su propio beneficio las cantidades así obtenidas", señala la sentencia dictada por el Tribunal Militar Central.

Comidas navideñas

Así, en diciembre de 2004 introdujo en la factura "Varios conceptos. Pedido actos día 22 de diciembre" el coste de una comida de Navidad con el personal de su unidad por importe de 1.200 euros. No existió vale-pedido ni el coronel de la base autorizó el pago con fondos públicos de esa celebración, a la que no asistió.

Pese a que hasta ese momento la tradicional comida navideña de los integrantes de la SEA se abonaba 'a escote' (cada comensal se hacía cargo de su cubierto), el teniente coronel no sólo pagó con fondos de la unidad la celebración de 2004 sino también la de 2008, que costó 1.620 euros y se facturó como "catering servicio base aérea", y la de 2009, que ascendió a 1.430 euros cargados al importe de la cena de la Patrona del Ejército del Aire.

Las comidas navideñas que disfrutó el personal de la SEA en 2005, 2006 y 2007 también se abonaron con fondos de la Sección Económico-Administrativa pero "no existe prueba suficiente de las cantidades pagadas", indicó el Tribunal militar que juzgó los hechos.

Celebración de la Patrona

En la base de Alcantarilla también es tradicional que, con motivo de la festividad de Nuestra Señora de Loreno, Patrona del Ejército del Aire, que se celebra el 10 de diciembre, los militares allí destinados compartan una cena o cena-baile de carácter privado y voluntario. En 2009, la cena se contrató con un restaurante de Murcia al precio de 30 euros que los asistentes, en número de 101, abonaron con antelación.

Sin embargo, el teniente coronel José Antonio M., que se encargó de buscar el restaurante, concertó la celebración a un precio superior, 55 euros por cubierto, e invitó a 17 personas más, todo ello sin que existiera vale-pedido ni lo conociera el coronel jefe.

Los invitados del teniente coronel no pagaron la cena, que ascendió a 6.490 euros. Por indicación del condenado, el restaurante sumó ese importe y el de la comida por 1.430 euros celebrada por el personal de la SEA y giró cuatro facturas que el condenado aplicó a conceptos como "gastos sociales", "reuniones, conferencias y cursos" o "trabajos otras empresas (diversos)".

Lotes navideños

Asimismo, José Antonio M. cargó al presupuesto de la base área con el concepto "productos alimenticios" los gastos de productos navideños que compró en El Corte Inglés y que repartió, en algunos casos mediante entrega domiciliaria, entre el personal de la SEA 63. Fueron 1.143 euros en 2003, 2.406 euros en 2004 y 2.110 euros en 2008.

También dispuso del dinero de la base para adquirir trajes de paisano, camisas y corbatas para él y dos capitanes de su unidad. Y lo mismo hizo a la hora de adquirir dos ejemplares de la obra impresa del pintor murciano "Las ciudades invisibles", uno para él y otro que regaló a su cuñado.

El ejemplar de esa publicación que estaba en su casa fue entregado por la exesposa del teniente coronel, que también facilitó el recibo de compra de una mesa extensible de cocina que José Antonio M. adquirió para su domicilio por importe de 487 euros, cargados contra la partida "Invers. Militares" de la base aérea.

El Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por José Antonio M. contra la sentencia del Tribunal Militar Central y en el que, entre otras alegaciones, denunciaba que los documentos que han servido para condenarle habrían sido obtenidos ilícitamente por su exesposa.

La Sala destaca que el único documento utilizado en la sentencia y entregado por la exmujer fue el relativo a la compra de la mesa de cocina, que estaba en su casa, por lo que "no concurre vicio alguno de validez".

La exesposa del mando militar no sólo entregó ese documento sino que también testificó contra él durante el juicio. Declaró que escuchó una conversación entre su marido y el cuñado en la que éste "le dijo que quería tener las litografías del pintor Pedro Cano, que le gustaba, y el procesado le dijo que compraría a través de la base aérea dos ejemplares del libro con las litografías, uno para cada uno".

"El libro ha estado desde entonces en mi domicilio", añadió la exmujer, cuyo testimonio de cargo fue creído por el tribunal por su "espontaneidad, coherencia y persistencia en sus manifestaciones a lo largo de la causa".