Sede del Tribunal de Cuentas en el centro de Madrid

Sede del Tribunal de Cuentas en el centro de Madrid Wikimedia Commons

España

El Tribunal de Cuentas asegura que 30.000 muertos cobraron 25 millones de pensión

Un informe del organismo detecta que el 95% de los fallecidos en 2014 seguía cobrando un subsidio hasta octubre de 2015.

21 julio, 2016 21:27

El Tribunal de Cuentas ha detectado que 29.321 pensionistas que figuran como fallecidos siguieron cobrando su pensión en el año 2014 por un importe de, al menos, 25,3 millones de euros sólo en la nómina de diciembre de ese año.

Así lo asegura el Tribunal de Cuentas en un informe de fiscalización referido a ese año, en el que señala, además, que de el 95 % de los fallecidos (un total de 27.860) seguía cobrando la pensión en octubre de 2015.

El "Informe de fiscalización de los procedimientos de gestión y control de los deudores por prestaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social, ejercicio 2014", aprobado por el Pleno del Tribunal, alerta de "deficiencias" en el control de la Seguridad Social en el fallecimiento de pensionistas cuya prestación se seguía pagando y en el "elevadísimo" nivel de error por parte del INE en la identificación de los muertos.

El Tribunal de Cuentas detecta estos errores al cruzar los datos de beneficiarios de las prestaciones y decesos registrados en el INE. En su análisis, también ha observado una "deficiente comunicación" entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la Tesorería.

"Lagunas" en el control

El Tribunal advierte de "lagunas" en el control que el INSS realiza sobre el fallecimiento de los perceptores de una pensión, debido, sobre todo, a las "carencias" de la información que remiten la Dirección General de los Registros y del Notariado y el INE.

Estas "lagunas" han determinado que durante el periodo 2012-2014 haya prescrito el derecho a reclamar las deudas por un importe de, al menos, 10,28 millones de euros.

Por ello, el Tribunal insta a las entidades financieras a que efectúen un control de vivencia de los pensionistas y que remitan la correspondiente comunicación, y a las direcciones provinciales a que realicen de manera sistemática un control, al menos trianual, con el fin de interrumpir el plazo para que opere la prescripción.