Procesión del coño insumiso en Sevilla

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España DELITOS CONTRA LOS SENTIMIENTOS RELIGIOSOS

El CGPJ estudia si reprueba al Ayuntamiento de Sevilla por condicionar a la juez de la "procesión del coño insumiso"

La juez instruye un caso de posibles delitos contra los sentimientos religiosos contra los participantes en una manifestación que emulaba una procesión.

21 abril, 2016 15:03

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El Consejo General del Poder Judicial ha acordado este jueves admitir a trámite la petición de amparo formulada por la titular del Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla, Pilar Ordóñez, que considera que el Ayuntamiento de la capital andaluza ha perturbado su independencia tratando de condicionar el resultado de un proceso penal sobre la denominada 'procesión del coño insumiso'.

Ordóñez instruye un procedimiento penal por posibles delitos contra los sentimientos religiosos contra quienes participaron el 1 de mayo de 2014 en esa manifestación del “coño insumiso”, realizada a modo de procesión. En la causa han declarado cinco personas en calidad de investigadas.

El pasado 26 de febrero, el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla, cuya alcaldía ostenta el PSOE gracias a los votos de Podemos, adoptó un acuerdo en el que se considera que la querella, presentada por la Asociación de Abogados Cristianos, es un ataque al movimiento feminista y a su defensa de la libertad de las mujeres. El consistorio mostró su apoyo para que la juez “archive el caso referido”.

Acuerdo enviado a la jueza

El acuerdo fue enviado por correo por el Ayuntamiento a la magistrada, que entiende que la remisión directa del texto “inquieta y perturba la independencia judicial, ya que el procedimiento penal se encuentra en fase de instrucción y pendiente de resolución”.

La Comisión Permanente ha acordado admitir a trámite la solicitud de amparo y dar un plazo de diez días al Ayuntamiento de Sevilla para que efectúe las alegaciones pertinentes antes de dictar una resolución sobre si censura o no la actuación del consistorio.