La concejal Celia Mayer

La concejal Celia Mayer Efe

España

La Físcalía rechaza investigar a Carmena y Mayer por el caso de los titiriteros

Se opone a la petición de las acusaciones populares representadas por las asociaciones de víctimas del terrorismo AVT y DyJ.

15 febrero, 2016 14:27

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La Fiscalía ha informado al juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno en contra de admitir a trámite la querella contra la actual alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, la concejal de Cultura, Celia Mayer, y contra el director artístico responsable de la programación del Carnaval de Madrid 2016, Ramón Ferrer, por un delito de enaltecimiento del terrorismo por la función encargada por el consistorio de títeres en la que mostraron una pancarta que rezaban “Gora Alka ETA” y por lo que fueron detenidos los dos titiriteros.

La Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) y Dignidad y Justicia (DyJ) solicitaron que se investigara también a la alcaldesa, a la concejal y al director artístico “al considerar que estas personas, por los cargos administrativos y políticos que ocupan en el Ayuntamiento de Madrid, tenían que conocer el contenido de la obra que se iba a representar”. Por ende, les considera autores y copartícipes de un delito de enaltecimiento del terrorismo.

“El Ministerio Fiscal considera que la pretensión de la parte querellante de ampliar la responsabilidad penal a los cargos administrativos y políticos no puede prosperar”, recoge el escrito firmado por Pedro Rubira.

Según explica en un escrito, el Tribunal Supremo señala que el delito de enaltecimiento o justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión, requiere un comportamiento activo, “que excluye la comisión por omisión, tanto propia como impropia, siendo un delito de mera actividad y carente de resultado material, y de naturaleza esencialmente dolosa e intencional”.
Además, en base a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Carmena, Mayer y Ferrer “no han ejecutado actos o vertido expresiones que permitan considerarlos como responsables de un delito de enaltecimiento del terrorismo”.

Principio de legalidad

Así, el fiscal sostiene que es un principio constitucional “que a la hora de exigir responsabilidad penal en aplicación de las leyes penales rigen los principios de legalidad y tipicidad, sin que se puedan valorar supuestas conductas o responsabilidades administrativas o políticas, como pretende el escrito de la querella”. Ahora el juez debe decidir si atiende al informe de la Fiscalía o si por el contrario estima las querellas presentadas por las asociaciones de víctimas.

El fiscal sí pide que se admita a trámite la querella en relación a los dos titiriteros por la presunta comisión de un delito de enaltecimiento del terrorismo. Tras su detención, el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno acordó su ingreso en prisión, para dos días después revocar su decisión y dejarles en libertad, tras el informe favorable de la Fiscalía, que entendía que no existía riesgo de fuga ni de reiteración delictiva, al haberles requisado el material de la función.