La línea de la privacidad la dibujamos nosotros, o cómo no meter la pata en redes sociales

La línea de la privacidad la dibujamos nosotros, o cómo no meter la pata en redes sociales

El Androide Libre

La línea de la privacidad la dibujamos nosotros, o cómo no meter la pata en redes sociales

Meter la pata en alguna red social siempre es fácil, pero somos nosotros los responsables de no hacerlo: la línea de la privacidad la dibujamos nosotros.

6 abril, 2015 23:01

A día de hoy, todo el mundo tiene una cuenta en alguna red social de los Interwebs: Twitter, Facebook, Google+… nuestra presencia en alguna (o más de una, la tónica habitual en estos días) es ya casi inevitable, como lo es estar desconectado de WhatsApp cuando toda nuestra lista de contactos se encuentra en el servicio. ¿Que no estás en ninguna red social o puedes pasarte meses sin abrir WhatsApp? Felicidades, eres una especie casi extinta en este mundo virtual que nos hemos creado en 2015.

El problema de todo esto es que, a fin de cuentas, seguimos siendo personas las que estamos detrás de cada perfil en toda red social (incluyendo los bots, alguien tendrá que programarlos. Y no, nosotros no usamos bots, habladnos cuando queráis y os lo demostraremos), y por ende somos nosotros los que tenemos que marcar dónde queremos tener la línea de la privacidad: no tenemos que exigir que un servicio lo marque por nosotros, cada uno dibuja la línea de la privacidad donde le de la real gana. Y sí, los errores en Internet también se pagan, y para muestra sólo tenemos que pulsar un botón.

Internet, una ventana más hacia nosotros que cuidar

Captura de pantalla censurada por el autor del artículo para su publicación

Esta captura que os traigo es sólo un ejemplo que me he encontrado por Twitter, pero me asusta pensar cuantos usuarios más podrían estar haciendo lo mismo. A primera vista sólo parece un empleado del servicio de atención al cliente de una operadora sacando una foto de su pantalla, con la excusa de mostrar su entorno de trabajo a otro usuario. Dejaré a un lado el sacar fotos a una pantalla en vez de hacer capturas Lo peor viene cuando nos fijamos y vemos que muestra datos personales de una cliente: nombre, DNI, dirección, números de teléfono…

Además, y como comprenderéis, y si yo fuera ésta cliente, no me haría ni puta pizca de gracia que un teleoperador de un call center cualquiera fuera publicando mis datos personales como si fueran fotos de gatitos adorables, ¿y qué me dice que yo como cliente de la operadora no seré el siguiente? Pero aquí la ley también tiene mucho que decir, tal y como nos cuenta Víctor Salgado:

Aunque podría haber más responsabilidades aparejadas, a priori el autor de la publicación habría incurrido en los siguientes ilícitos:
  1. Falta de deber de secreto y cesión no autorizada de datos de carácter personal, en contravención de los dispuesto en los artículos 10, 11 y concordantes de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), con sanciones aparejadas de entre 900 y 300.000 euros para el responsable del fichero.
  2. Delito de revelación de secretos de empresa: artículos 279 y 280 del Código Penal, que rezan lo siguiente:
    1. Artículo 279
      La difusión, revelación o cesión de un secreto de empresa llevada a cabo por quien tuviere legal o contractualmente obligación de guardar reserva, se castigará con la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
      Si el secreto se utilizara en provecho propio, las penas se impondrán en su mitad inferior.
    2. Artículo 280
      El que, con conocimiento de su origen ilícito, y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare alguna de las conductas descritas en los dos artículos anteriores, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses.
  3. Finalmente y como curiosidad, se ha creado un nuevo delito en la última reforma del Código Penal contra la intimidad (aprobada por Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, y que entrará en vigor el 1 de julio de 2015) que le podría resultar igualmente aplicable: se trata de los nuevos apartados 2 y 3 del artículo 197 CP.
Por supuesto, aparte habría responsabilidades civiles y/o laborales aparejadas.

Pero este es sólo un ejemplo grave de que debemos de tener cuidado cada vez que pulsamos el botón de compartir en nuestro Android (o en cualquier dispositivo con conexión a Internet, que viene siendo lo mismo): desde un tonto fallo ortográfico que se nos ha pasado al publicar un tweet, hasta la foto comprometida que acabamos de publicar en nuestro Facebook que no le gustará lo más mínimo a los involucrados.

El botón «compartir» lo termina cargando el diablo

Tenemos la misma responsabilidad en una red social que hablando en público, y eso es algo que a muchos no les termina de quedar claro: nuestras opiniones quedan vertidas de igual forma en público, con la diferencia de que en Internet quedan registradas para siempre. La red de redes nunca olvida, no seáis tontos y penséis que algo desaparece por completo de Internet como si nada con sólo borrar un tweet o una publicación, porque eso nunca sucede, y en el peor de los casos os encontraréis con nuestro querido efecto Streisand: cuando los usuarios de Internet le devuelven la torta a quien pretende borrar algo.

Algunas personas tienen más importancia que otras a la hora de difundir su contenido, eso está claro: no es lo mismo tener 100.000 seguidores que 100 personas suscritas a nuestros tweets, pero ambas opiniones terminan yendo al mismo lugar. Con investigar un poco en los perfiles en redes sociales de una persona (siempre dependiendo del caso) se pueden sacar mucha información sobre su día a día, e incluso las empresas lo tienen claro, investigando la repercusión en redes sociales de sus candidatos y rechazando a aspirantes por la impresión que se han creado a partir de lo que publica en sus perfiles de Twitter o Facebook.

La privacidad: una línea difusa que debemos marcar

Por eso, debemos de tener cuidado cada vez que pulsamos sobre el botón de compartir, un botón que cada vez más aplicaciones de nuestros smartphones tienen: un mal tweet podría ser fatal para una empresa, una publicación en Facebook hablando más de la cuenta podría perseguirnos en un futuro no muy lejano… hasta el extremo de tener que ir a juicio, como acabáis de comprobar, y todo por una desafortunada foto que publicaste en su momento.

Con este artículo sólo quiero recordaros algo que ya sabemos todos, pero que algunos parecen olvidar de vez en cuando: Internet es una puerta al mundo, y cualquiera puede leer lo que compartimos con la red. Lo único que debemos hacer es tener un poco de responsabilidad al publicar según qué cosas, con más razón si estamos en algún puesto de responsabilidad que maneje datos sensibles. Eso si no queremos que lo que publicamos nosotros mismos se termine volviendo en nuestra contra.

Queremos agradecer a Victor Salgado Seguín (socio-director de Pintos & Salgado Abogados) su asesoramiento en la parte legal de este artículoSu asesoramiento tiene fines meramente informativos: acude a un abogado en caso de que necesites consejo profesional.