Imagen de archivo de varios billetes.

Imagen de archivo de varios billetes. EFE

Economía Bienes

Cuando aceptar una herencia no es una buena noticia y puede arruinarte

Desde que comenzó la crisis económica, las renuncias han aumentado en España un 240%.

22 enero, 2017 02:26

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Recibir una herencia no siempre es buena noticia, sobre todo cuando lo que se heredan son, también, las deudas. Por eso son cada vez más los que deciden renunciar a una herencia, un procedimiento que, desde que comenzó la crisis, ha aumentado un 240% en España hasta 2015, último año completo disponible.

"La causa fundamental es la crisis económica, ya que se han dado muchos casos en los que las deudas hereditarias superan al activo hereditario", explica a EL ESPAÑOL el decano del Colegio Notarial de Castilla y León, José Ángel Tahoces. Si en 2007 la cifra era de 11.047 renuncias, en 2015 el número llega hasta 37.647.

Por comunidades autónomas, destacan Cataluña, donde desde 2007 a 2015 han aumentado las renuncias un 214%; Valencia, con un 290% más, o Asturias, donde han crecido un 227% en este mismo periodo.

Entre las comunidades en las que menos ha aumentado se encuentran, por ejemplo, La Rioja, con un 191%, o Navarra, que se sitúa en un 153% más de renuncias entre 2007 y 2015.

Aunque en menor medida que las deudas, a la hora de renunciar a una herencia también influyen los impuestos de comunidades autónomas y ayuntamientos, diferentes según en qué comunidad se reciba la herencia. "La carga fiscal muchas veces también es un problema a la hora de asumirla", señala Tahoces. En este sentido, Madrid es la comunidad menos gravosa, mientras que otras como Cataluña o Andalucía mantienen una tributación elevada.

Por último, hay otra motivación  para renunciar a una herencia que es habitual, y es "favorecer al resto de herederos" apartándose del reparto.

¿Qué pasa cuando se renuncia?

La herencia, por supuesto, no desaparece cuando se renuncia a ella. Así, apunta Tahoces, la ley marca que si renuncian los familiares de la primera línea de sucesión, recae sobre el siguiente, es decir, las sucesivas líneas de herederos.

En el caso último de que todos los actores renunciaran, sería el Estado el que se ocupara de ella. "Por eso para el Estado también puede suponer una carga", indica el decano.

Además, una vez que se ha tomado la decisión de rechazar la herencia ya no hay vuelta atrás, ya que para renunciar es necesario formalizar una escritura pública ante notario.

Pagar las deudas con los bienes

No obstante, existe otra figura para no tener que renunciar a la herencia pero tampoco hacerse cargo de sus deudas. Es aceptar "a beneficio de inventario", un sistema que se utiliza cada vez más.

¿En qué consiste? El heredero o los herederos hacen un inventario de los bienes y las deudas. Como estas últimas pueden superar el valor del activo, los bienes se ponen a servicio de los acreedores, aunque no superen las deudas. De este manera, se considera que está saldada. Este proceso implica abstenerse de tomar posesión de ningún bien hereditario. Así, el sucesor responde de las deudas solo con el patrimonio de la herencia, y no con el suyo propio.

La "cara B" de este procedimiento, por otro lado, son los trámites (hay que cumplir unos plazos estrictos) y el coste, que suele ser elevado.

A pesar del enorme aumento de las renuncias en los últimos años, lo cierto es que en los últimos meses se ha detectado una cierta mejoría en las cifras. Así, mientras en el primer semestre de 2015 se produjo el rechazo en 18.579 actos, en mismo periodo de 2016 la cifra fue de 18.043. "La sensación de los notarios es que la situación está mejorando, pero habrá que esperar para ver los datos concretos", apunta Tahoces.