La cabecera de Vagos.es cuando existía como tal.

La cabecera de Vagos.es cuando existía como tal. Pablo Romero

Tecnología Internet

El responsable de Vagos.es, que consiguió 'sortear' la Ley Sinde, absuelto por un juez de Palma

Al creador de este sitio de foros le aplican el Código Penal anterior a la reforma de julio de 2015. Hoy, "facilitar" descargas de archivos sin permiso sí es delito.

28 junio, 2016 13:27

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Hace ocho años, el responsable del Vagos.es fue denunciado por un delito contra la propiedad intelectual: era un sitio en el que los usuarios subían a fotos enlaces a descargas de películas, juegos y series. Ahora, un juez de Palma de Mallorca no ve delito en su actuación y ha absuelto en una sentencia al dueño del sitio web.

La patronal de los videojuegos, varias productoras de cine y la Fiscalía pedían dos años de cárcel para el responsable del sitio, dueño de la empresa Wamba Project S.L, así como una indemnización de cerca de un cuarto de millón de euros.

Vagos.es -un dominio que fue comprado en 2007 por 160.000 euros- llegó a ser tremendamente popular en España, no sólo por el volumen de participación: en el momento del arresto de su responsable había más de ocho millones de mensajes.

También saltó a la fama por su desafío a otro procedimiento que buscacaba su cierre, en aplicación de la llamada Ley Sinde. Para evitar su clausura administrativa, cerró voluntariamente en junio de 2012 tras una notificación del Ministerio de Cultura, y justo a continuación migró todos sus foros a otro dominio, Zasca.com (hoy ya cerrada), algo que también fue objeto de controversia.

"Del mismo modo que el bibliotecario del Cementerio de Libros Olvidados ha de proteger sus anaqueles frente a las fuerzas de la intolerancia", aseguraba entonces el dueño del polémico foro, "el patrimonio cultural de Vagos.es puede encontrar una segunda vida en Zasca.com".

Ahora, en esta sentencia absolutoria, se remarca que la página web en cuestión no almacenaba los contenidos, sino que se limitaba a ofrecer un espacio de discusión público en el que los usuarios podían subir enlaces a sitos de descarga directa de contenidos de sitios como MegaUpload o RapidShare.

Hoy sería delito

El texto de esta sentencia se refiere al Código Penal vigente desde el 1 de julio de 2015, en el que la conducta "facilitadora" de Vagos.es para descargar material audiovisual no autorizad sí que podría ser considerado dentro del tipo de un delito contra la propiedad intelectual.

Sin embargo, en el momento de los hechos, la redacción del artículo en cuestión (270.1) no permite su condena al considerar, además, la posición mayoritaria de las Audiencia Provinciales que se han pronunciado sobre casos similares: los sitios web de enlaces eran considerados entonces como meros intermediarios.

El abogado que ejerció la defensa de Vagos.es, Carlos Sánchez Almeida, considera en declaraciones a EL ESPAÑOL que "la sentencia es justa teniendo en cuenta el Código Penal y la jurisprudencia anterior a la reforma del Código Penal", si bien lamenta que "a raíz de la persecución judicial 'Vagos.es' se vio obligada a cerrar, con lo que se lesionó la libertad de expresión de todos cuantos participaban en sus foros, que en su inmensa mayoría afectaban a cuestiones que nada tenían que ver con la descarga de contenidos protegidos por derechos de autor".